Aprueban las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026
Resolución Viceministerial N° 161-2026-MINEDU
Lima, 8 de setiembre de 2026
VISTOS, el Expediente Nº DIBRED2026-INT-0618022; el Informe Nº 00122-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe Nº 01436-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01186-2026-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal g) del artículo 13 de la Ley Nº 28044, la calidad de la educación se logra, entre otros factores, mediante la investigación e innovación educativa; asimismo, el literal d) del artículo 21 de la citada Ley dispone que el Estado promueve la universalización, calidad y equidad de la educación, siendo una de sus funciones, reconocer e incentivar la innovación e investigación que realizan las instituciones públicas y privadas;
Que, conforme con el literal e) del artículo 56 de la Ley Nº 28044, el profesor es agente fundamental del proceso educativo y le corresponde recibir incentivos y honores, registrados en el escalafón magisterial, por su buen desempeño profesional y por sus aportes a la innovación educativa;
Que, el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales, según corresponda, reconocen la conducta meritoria del profesor, así como su trayectoria y su excelencia profesional;
Que, mediante el Oficio Nº 01267-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00122-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, elaborado por la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, dependiente de la referida Dirección General; a través del cual propone y sustenta la necesidad de aprobar las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, en adelante, Bases del XIV CNBPD 2026;
Que, las Bases del XIV CNBPD 2026 tienen como objetivo identificar, reconocer, promover, visibilizar y difundir las buenas prácticas pedagógicas y de gestión escolar orientadas al desarrollo de las competencias de los estudiantes en instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, así como en programas educativos públicos de los diversos niveles, modalidades y ciclos, en el marco de la atención a la diversidad educativa a nivel nacional;
Que, la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, la Dirección General de Gestión Descentralizada y la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;
Que, mediante el Informe Nº 01436-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente viable continuar con el trámite de aprobación de la propuesta; toda vez que, desde el punto de vista de planificación, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; y, desde el punto de vista presupuestal, no irroga gastos adicionales a los programados en el Pliego 010: M. de Educación para el Año Fiscal 2026. Asimismo, considerando el impacto presupuestal 2027-2029, precisa que la DIBRED cuenta con los créditos presupuestarios en la Asignación Presupuestaria Multianual 2027-2029 en la actividad operativa AOI00008100394. “Implementación de estrategias orientadas al reconocimiento, bienestar y atracción de talento a la profesión docente como medio para el fortalecimiento de la valorización social docente”;
Que, a través del Informe Nº 01186-2026-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;
Que, de acuerdo con el literal a) del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 008-2026-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante la Resolución Ministerial Nº 008-2026-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, aprobadas por el artículo 1 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas, la difusión y promoción de las Bases del XIV Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes 2026, a través de sus canales y redes sociales oficiales correspondientes.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIRIAM JANETTE PONCE VERTIZ
Viceministra de Gestión Pedagógica
2552516-1

