ORDEN DE LA DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:
1. FUT señalando: “Solicito Contrato Docente en la Modalidad ………. – Nivel …………. – Especialidad
……………”. (según el grupo de inscripción en el cuadro de mérito de la PUN)
2. DNI, Carnet de Identidad o Extranjería, según corresponda.
3. Título de profesor o licenciado en educación que corresponda a la modalidad, nivel/ciclo y especialidad,
debidamente registrados en la DRE o SUNEDU, según corresponda (escaneado ambos lados) –
(VERIFICAR EL ANEXO III de la R.V.M. N°033-2019-MINEDU “Grupo de inscripción y requisito de formación académica”)
4. Documentos de sustento experiencia laboral, capacitaciones u otros requisitos que se requieran acreditar
para la modalidad, nivel o especialidad donde postula.
5. Anexo 05 (Declaración Jurada para el Proceso de Contratación).
6. Anexo 06 (Declaración Jurada de registro, (REDECI), (RNSSC) y delito doloso).
7. Anexo 07 (Declaración Jurada de Parentesco y Nepotismo).
8. Anexo 08 (Declaración Jurada de Doble Percepción en el estado).Deberán marcar (X) de manera obligatoria SI o NO
9. Anexo 09 (Declaración Jurada de elección del sistema de pensiones).
10.Anexo de Autorización de Notificación.
Todos los anexos deben estar debidamente llenados, marcados (x), con su huella digital, firma y fecha
TENER EN CUENTA:
• Los y las postulantes deben cumplir con los requisitos de formación académica para la modalidad
educativa, nivel o ciclo y área curricular/especialidad o campo de conocimiento de la vacante de acuerdo
a la modalidad de contratación a la que postula, lo que se acredita con la presentación de la
documentación respectiva, y donde se requiera acreditar la experiencia laboral u otros requisitos,
se debe presentar los documentos de sustento. (numeral 6.4 de la NT)
• Si existe empate en el cuadro de méritos establecido por la PUN, el comité verifica y evalúa el
expediente de los postulantes empatados, conforme a lo establecido en el numeral 7.4.4, para
determinar el orden de mérito. El comité debe considerar lo dispuesto en el numeral 7.2.1 de la presente
norma. (numeral 7.3.3 de la NT)
• Las o los postulantes, que no lograron presentar su expediente dentro de la fecha establecida en
el cronograma, podrán estar en espera hasta que el comité agote los cuadros de mérito final, y
programe la siguiente modalidad de contrato. (7.3.10 de la NT)
• El o la postulante que figura en el cuadro de méritos establecido por la PUN que no cumpla con los
requisitos mínimos de formación académica o no presenta la documentación señalada en el
numeral 6.4 de la presente norma, según corresponda, se considera retirado del cuadro de
méritos por todo el periodo lectivo, debiendo el comité dejar constancia de ello, pudiendo presentarse
a otra modalidad de contratación. (numeral 7.2.3 de la NT)
• Las plazas vacantes de la modalidad de EBA y EBR Secundaria que cuentan con especialidades
combinadas o plazas por perfil, serán adjudicadas a los docentes que acrediten el título pedagógico y la
documentación pertinente que sustenten las otras especialidades requeridas de las horas
complementarias (capacitaciones o experiencia laboral RD), la mayor carga horaria de la especialidad
de la plaza vacante indicará la modalidad, nivel y especialidad del cuadro de mérito de la PUN a cuál
pertenece la plaza.
Comisión de Contrato Docente – 2022
• Sobre el proceso de adjudicación se realizará de manera virtual a través del aplicativo Microsoft Teams
y se crearán grupos Whatsapp con los docentes según su modalidad, nivel o especialidad para realizar
las pruebas técnicas antes de la adjudicación, el horario y fecha de adjudicación se estará
publicando por los medios oficiales de la UGEL.
• El postulante es responsable de registrar correctamente su correo electrónico y numero de
celular actual, ya que serán los medios de contacto para el proceso de adjudicación.
• (…) Para acceder a una doble percepción él o la postulante debe presentar los horarios de trabajo ante
el comité para que pueda adjudicar una vacante docente como función adicional. (…). (numeral 13.2
de la NT)
IMPEDIMENTOS PARA LA POSTULACIÓN Y ADJUDICACIÓN
a) Haber sido sancionado administrativamente por falta muy grave bajo cualquier marco normativo, en los últimos
cinco años.
b) Estar inhabilitado para el ejercicio profesional o el ejercicio de la función pública.
c) Estar incluido en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles.
d) Haber sido condenado con sentencia firme por delito doloso.
e) Haber sido condenado por delito de terrorismo, apología del terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos
de corrupción de funcionarios o delitos de tráfico de drogas.
f) Haber sido condenado por cualquiera de los delitos previstos en la Ley N° 29988 y la Ley N° 30794.
g) Estar comprendido en los delitos detallados en el artículo 2 de la Ley N°30901, Ley que implementa un
subregistro de condenas y establece la inhabilitación definitiva para desempeñar actividad, profesión,
ocupación u oficio que implique el cuidado, vigilancia o atención de niñas, niños o adolescentes.
h) Tener una medida de separación preventiva de una IE al momento de la postulación o adjudicación.
i) Cumplir una jornada a tiempo completo en alguna otra institución pública o privada que afecte la jornada laboral
de la plaza que adjudica.
Estos impedimentos son acreditados con la presentación del Anexo 5, 6 y 8 de la presente norma, debidamente
llenados y firmados.