Modifican e incorporan disposiciones el concurso público de contratación docente en los Institutos y escuelas superiores pedagógicas

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 326-2021-MINEDU

Lima, 1 de diciembre de 2021

VISTOS, el Expediente Nº DIFOID2021-INT-0161745, el Informe Nº 00999-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID y el Oficio N° 01022-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID de la Dirección de Formación Inicial Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 01593-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 01264-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, a través de la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes (en adelante, la Ley), se regula la creación, licenciamiento, régimen académico, gestión, supervisión y fiscalización de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos y privados; así como, el desarrollo de la carrera pública del docente de los Institutos de Educación Superior y Escuelas de Educación Superior públicos;

Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal a) del artículo 62 de la Ley, es competencia del Ministerio de Educación definir, aprobar, dirigir, regular, evaluar y articular la política de Educación Superior Pedagógica en concordancia con la política general del Estado;

Que, la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley establece que los Institutos de Educación Superior y los Institutos de Educación Superior Pedagógica públicos regulados por esta podrán cubrir las posiciones vacantes y las horas disponibles para completar su plan de estudios, a través de concurso público de contratación docente realizado por la Dirección Regional de Educación o la que haga sus veces, conforme a los lineamientos emitidos por el Ministerio de Educación;

Que, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU, establece que, en tanto no se implemente la contratación de docentes regulares, altamente especializados y extraordinarios para los Institutos de Educación Superior Pedagógica y las Escuelas de Educación Superior Pedagógica en el marco de lo establecido en la Ley, la contratación de docentes se sujeta a lo señalado en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria de la Ley;

Que, a través del artículo 2 de la Resolución Viceministerial Nº 040-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público de contratación docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos”; cuyo objetivo es establecer condiciones, criterios técnicos, procedimientos y responsabilidades para realizar el concurso público de contratación docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos;

Que, mediante el Oficio Nº 00776-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 00999-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID, elaborado por la Dirección de Formación Inicial Docente, y complementado con el Oficio N° 01022-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFOID; el cual señala que, en virtud de las consultas efectuadas por las Direcciones/Gerencias Regionales de Educación, se ha identificado la necesidad de modificar e incorporar disposiciones en el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público de contratación docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos”, a fin de mejorar el proceso de Contratación Pública Docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicos (en adelante, la propuesta);

Que, de la revisión de los documentos contenidos en el expediente, se advierte que la propuesta cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe, y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA) y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN);

Que, mediante el Informe N° 01593-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta, por cuanto se encuentra alineada con las orientaciones y objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y su implementación no implicará costos; por lo que, no irrogará gastos al Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, asimismo, con el Informe Nº 01264-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 30512, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y de la Carrera Pública de sus Docentes y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2017-MINEDU; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el literal c. del numeral 5.2.3; el literal a., el ítem (i) del literal b. y el ítem (i) del literal d. del numeral 6.1.9, el numeral 7.5; y, el literal f. del numeral 8.2 del documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público de contratación docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 040-2021-MINEDU, cuyo texto queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Incorporar los ítems (vi) y (vii) al numeral 9.10.1; los numerales 9.11, 9.12 y 9.13 en las Disposiciones Complementarias; y el Anexo 3-A al documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público de contratación docente en los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógica Públicos”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 040-2021-MINEDU, cuyo texto queda redactado conforme al anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica del Ministerio de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELLY LUZ PALOMINO PACCHIONI

Viceministra de Gestión Pedagógica

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