RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 375-2022-MINEDU
Lima, 26 de agosto de 2022
VISTOS, el Expediente N° MPT2022-EXT-0176357, el Informe N° 00978-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Oficio N° 01305-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, de la Dirección General de Desarrollo Docente, y el Oficio N° 00458-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el inciso 13 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, reconoce el derecho fundamental de toda persona a asociarse y constituir fundaciones y diversas formas de organización jurídica sin fines de lucro, sin autorización previa y con arreglo a ley, las cuales no pueden ser disueltas por resolución administrativa;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 021-88-ED, que aprueba el Estatuto de la Derrama Magisterial señala que esta es una Institución de servicio ajena a toda actividad partidaria y religiosa creada por Decreto Supremo Nº 078 de fecha 10 de Diciembre de 1965 y que comprende a los Docentes del servicio oficial y fiscalizado de todos los niveles Educativos, a excepción del Nivel Universitario;
Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU, se modifica el Estatuto de la Derrama Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 021-88-ED;
Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU, faculta excepcionalmente al Ministerio de Educación a efectos que establezca el procedimiento correspondiente, para la realización de las primeras elecciones de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las Oficinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial, mediante Resolución Ministerial, en un plazo no mayor a los treinta (30) días hábiles;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 356-2022-MINEDU, se aprueba el Procedimiento para el Proceso de Elecciones 2022, de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las Oficinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial (en adelante, el Procedimiento); así como el Cronograma del Primer Proceso de Elecciones 2022;
Que, mediante Informe Nº 00978-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente del Ministerio de Educación sustenta la necesidad de modificar algunos artículos del Procedimiento y el cronograma para el Proceso de Elecciones 2022 de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las Oficinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y, considerando lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 021-88-ED y el Decreto Supremo N° 009-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el artículo 4, el segundo párrafo del artículo 7, el último párrafo del artículo 14 y los artículos 45 y 59, e incorporar el literal l) y el segundo párrafo al artículo 9 del “Procedimiento para el Proceso de Elecciones 2022, de los miembros del Consejo Directivo, Consejo de Vigilancia y Responsables de las Oficinas Descentralizadas de la Derrama Magisterial”, y su respectivo Cronograma, aprobados con Resolución Ministerial Nº 356-2022-MINEDU, conforme al detalle de los anexos que forman parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación