¿Que sucede si desisto a una plaza en la adjudicación de acto público en UGEL puedo para pasar a la adjudicación DRE o excepcional?
Estimados docentes según la RVM Nº 037-2024-MINEDU para nombramiento docente 2024 detalla lo siguiente:
Muchos docentes estan en duda sobre esta pregunta y a continuación mediante una casuística lo detallamos:
La colega María se encuentra en el momento de la adjudicación y el comité de adjudicación insitu le llama para poder adjudicar una plaza de Nombramiento docente 2024 y observa la colega que esa plaza no desea y por tal motivo le informa al comité de adjudicación que va ha desistir de esa plaza y va a esperar para la etapa de DRE o excepcional.
¿Qué le sucedería en ese caso a la colega María?
Según el numeral 5.3.2.1.1 letra «j» menciona lo siguiente:
Desistir de la plaza adjudicada por acto público a cargo de la UGEL o DRE, según corresponda, es causal de retiro definitivo
5.3.2.2.10 Si el postulante no se presenta a la adjudicación por acto público excepcional a cargo de la DRE o estando presente no se adjudica la plaza de su interés, es retirado del concurso al haberse configurado la causal de retiro dispuesta en el literal g) del numeral 5.3.2.1.1 de la norma técnica, excluyéndolo de la publicación de ganadores de la adjudicación por acto público excepcional a cargo la DRE. El postulante, visualiza en el aplicativo dispuesto por la DIED un mensaje que le comunica el motivo de su retiro.