Minedu publica oficio múltiple precisiones para la reasignación docente 2025

Lima, 2 de junio de 2025
OFICIO MÚLTIPLE N.º 00053-2025-MINEDU/VMGP-DIGEDD
Señoras/es
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
Presente. –

ASUNTO : Precisiones para el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar para el año 2025
REFERENCIA : Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU1 y sus modificaciones

De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, con la finalidad de hacerles de conocimiento que, mediante Resolución Viceministerial N° 054-2025-MINEDU, se ha modificado la norma que regula el proceso de reasignación docente, en atención a ello, esta Dirección General, en coordinación con la Dirección Técnica Normativa de Docentes – DITEN, brinda precisiones que sus despachos deberán tener en cuenta para la implementación del proceso de reasignación por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar 2025, las mismas que se llevarán a cabo en los plazos establecidos en el presente documento, entre ellas, las siguientes:

1. Sobre la implementación del proceso de reasignación

Para el proceso de reasignación docente 2025 por las causales de interés personal y unidad familiar, se implementará en el sistema AYNI el “Módulo de Gestión de Personal –Reasignación”; el cual permitirá la ejecución de las actividades del proceso de reasignación: postulación, verificación de requisitos, evaluación, adjudicación y emisión de la resolución.

Para tener acceso al referido sistema, deberán acreditar ante la DITEN, a los especialistas de sus representadas, mediante un oficio, con copia al correo del especialista Josy Alejandro Rodríguez Caycho, email: jrodriguezc@minedu.gob.pe hasta el día 09 de junio de 2025, considerando los siguientes datos:

– Tipo y número de documento de Identidad
– Apellidos y Nombres
– Cargo
– Correo electrónico institucional
– Número de teléfono celular
– UGEL/DRE
– Rol: Responsable de personal o presidente del comité de reasignación.

Se les comunica que el mencionado sistema, se encuentra actualizado con las modificaciones recientemente efectuadas al documento normativo que regula el proceso de reasignación, y cuenta con información proporcionada por cada IGED a través del sistema NEXUS y escalafón. Asimismo, se le precisa que el citado módulo permitirá la emisión de reportes e indicadores con información que podrá ser exportada a formato Excel; en ese sentido coadyuvará a las UGEL y DRE a desarrollar un proceso más ágil y transparente.

2. Sobre la aprobación del Cronograma Regional

Al respecto, se les comunica que sus despachos, deben elaborar y aprobar el cronograma regional, y dar a conocer a las UGEL de su ámbito territorial, de acuerdo a los plazos establecidos en el anexo 04, debiendo tener en cuenta las actividades y fechas que abajo se detallan. El cronograma que aprueben deberá remitirlos al especialista normativo de la DITEN, hasta el día viernes 06 de junio del 2025.

Sobre la identificación y validación de plazas

Para la identificación de las plazas, el responsable del sistema Nexus de sus representadas, deberá tener en cuenta lo señalado en los numerales: 6.2.1, 6.24,
6.2.5, 6.2.6 y 6.2.7 de la Resolución Viceministerial N° 042-2022-MINEDU y sus modificaciones

3.2 Asimismo, la IGED que cuente con directivos de IE o especialistas de educación designados, pendientes de reservar una plaza de profesor, la UGEL o DRE podrá
ofrecer para su elección plazas que serán vacantes a partir del 01.01.2026 por motivo de cese por límite de edad, a fin de garantizar que el profesor designado en
cargo de mayor responsabilidad cuente con plaza de profesor para su retorno.
3.3 La carga horaria de las áreas curriculares para las plazas de EBR secundaria y de EBA ciclo avanzado, serán consideradas conforme a lo registrado en el sistema
Nexus, las que corresponden a los cuadros de horas aprobados para el presente año 2025, por tanto, cualquier cambio de área curricular no procederá sino ha sido
actualizado en el sistema Nexus.
3.4 Adicionalmente, para la validación de las plazas se debe considerar lo siguiente:

a. Para las plazas de especialistas de educación, en la validación deberán agregar la modalidad, nivel/ciclo, área curricular.
b. Para las plazas del área curricular de Educación para el Trabajo de EBR Secundaria y EBA ciclo avanzado, deberán registrar la especialidad que se dicta en la Institución Educativa.
c. Para las plazas de la modalidad de Educación Técnico Productiva, deberán considerar la familia y especialidad aprobado por el Minedu, y que se viene
dictando en el presente año lectivo.

3.5 En lo referido a la identificación, validación y publicación de plazas vacantes de Instituciones Educativas del MSE de la EIB, para la segunda fase de la etapa
regional y etapa interregional, el comité de reasignación docente deberá considerar lo señalado en el numeral 6.2.10 y 6.2.11 del documento normativo; toda vez que, la identificación de la lengua originaria, la forma de atención y el requerimiento de certificación de la plaza, para la publicación de las plazas de la primera fase de la
etapa regional se realiza desde el Minedu.
3.6 En el caso, de que una plaza orgánica vacante prepublicada no tenga que ser considerada en la publicación final, se deberá identificar en el módulo de validación
habilitado en el sistema Nexus, marcando la opción NO y en el campo observaciones deberán señalar claramente el motivo2 que justifique su exclusión.

Sobre la prepublicación y publicación de plazas

La DITEN prepublica las plazas orgánicas vacantes que se encuentran registradas en el sistema Nexus, correspondiendo a cada UGEL realizar la validación respectiva para que, desde el Minedu, la DITEN realice la publicación final de plazas vacantes que serán sometidas al presente proceso de reasignación. Para su cumplimiento deberán tener en cuenta las siguientes actividades:

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