REASIGNACIÓN POR INTERÉS PERSONAL Y UNIDAD FAMILIAR
Los profesores, a petición de parte, pueden presentar su solicitud en una (1) o más DRE o UGEL de destino, según corresponda; se realiza previa calificación
de los criterios que establece el presente documento normativo, y en estricto orden de mérito. Los profesores designados del área de desempeño laboral de gestión institucional, no podrán participar del proceso de reasignación en el año previo a su evaluación de desempeño.
El postulante debe señalar la causal y etapa a la que está solicitando participar.
La adjudicación por reasignación solo procede en una plaza vacante; en caso el postulante haya presentado su solicitud en dos (2) o más DRE o UGEL, se
considera válida la primera adjudicación que se realiza.
El postulante que no indique una causal, pero los documentos adjuntos evidencian que se trata de la causal de unidad familiar, será considerado en dicha causal. No obstante, si el postulante no señala ninguna causal ni adjunta otros documentos además del informe escalafonario de reasignación, el comité deberá considerarlo en la causal de interés personal.
REQUISITOS
El profesor para reasignarse por la causal de interés personal debe acreditar mínimo tres (3) años de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos; mientras que, por la causal de unidad familiar debe acreditar como mínimo un (1) año de servicio como profesor nombrado con servicios oficiales efectivos.
Haber aprobado la última evaluación de desempeño docente.
Adjuntar informe escalafonario para reasignación, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendarios, a la fecha de ingreso del expediente para reasignación
Adicionalmente, para la reasignación por unidad familiar se debe presentar:
Documento que acrediten las relaciones de parentesco:
i. Acta de matrimonio en el caso del cónyuge.
ii. Resolución judicial en caso de concubinato.
iii. Escritura pública de reconocimiento de unión de hecho.
iv. Copia del acta de nacimiento o DNI del hijo menor de edad.
v. Para el caso de los hijos mayores de edad con discapacidad adjuntar copia del acta de nacimiento o DNI del hijo; adicionalmente, copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud; o en su defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
vi. Para padres mayores de 60 años de edad, presentar copia del acta de nacimiento del profesor postulante al proceso de reasignación.
vii. Para padres menores de 60 años de edad con discapacidad, adjuntar copia del acta de nacimiento del profesor postulante al proceso de reasignación; adicionalmente, copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud; o en su defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).
e) Declaración Jurada suscrita por el familiar directo que reside en la jurisdicción de la entidad de destino en donde solicitará la reasignación.
En caso, se acredite el vínculo con menores de edad, o mayores de edad con discapacidad la Declaración Jurada domiciliaria deberá estar suscrita por su representante legal.
f) Presentar para ambas causales el anexo 02, debidamente llenado con firma y huella dactilar por parte del postulante.
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