Considerando el contexto complejo vivido en el 2020 por la emergencia sanitaria, en la medida de lo posible, los directivos podrán generar las condiciones para que los docentes que tuvieron durante el 2020 a un grupo de estudiantes continúen con ellos durante el 2021, esto incluye a los estudiantes que iniciaron el año escolar como parte de la matrícula excepcional. Ello, con la finalidad de garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje, así como un mejor acompañamiento durante el periodo de consolidación de aprendizajes de marzo a junio del 2021, establecido en la Resolución Viceministerial N° 193-2020- MINEDU. Esto debe considerarse especialmente en el nivel inicial y en los primeros grados del nivel primaria de la EBR.
Instrumentos de gestión
Para el inicio del año escolar 2021, las II.EE. polidocentes completas y los programas educativos deben contar con sus IIGG, a fin de organizar, dirigir e implementar las actividades de gestión que permitirá alcanzar los resultados esperados.
Las II.EE. unidocentes, multigrados y los programas educativos formulan un solo documento de gestión de acuerdo con su contexto, o adoptan los IIGG de la red a la que pertenecen de acuerdo con las disposiciones normativas contenidas en la “Norma Técnica denominada “Norma que regula los instrumentos de gestión de las Instituciones Educativas y Programas de Educación Básica”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 011-2019-MINEDU.
Para el caso del Servicio Educativo Hospitalario, se deberá elaborar los IIGG establecidos en el numeral 5.2.2.5 de las «Disposiciones para la Implementación, organización y funcionamiento del Servicio Educativo Hospitalario», aprobado con la Resolución Viceministerial N° 154-2020-MINEDU.
Considerando el contexto de salud pública actual, para el año escolar 2021, mientras se brinde el servicio educativo no presencial, las II.EE. y los programas educativos trabajan con los IIGG aprobados y/o actualizados al 2020, y/o aquellos que continúen vigentes.
Durante el año 2021, las II.EE. y programas educativos que brinden el servicio educativo presencial o semipresencial podrán evaluar sus IIGG y realizar los ajustes o modificaciones de acuerdo con sus necesidades, en especial en lo relacionado a actividades que requieran de presencia física de miembros de la comunidad educativa.
Comisiones y comités
Considerando el contexto de salud pública actual y la urgencia de simplificar la gestión escolar, durante el año 2021, los comités y comisiones, funcionan solo con un representante el cual debe ser un docente o personal administrativo (que no esté inmerso en un proceso disciplinario) designado por el director, salvo en las siguientes comisiones o comités:
● CONEI, por su rol como órgano de participación, concertación y vigilancia.
● Comité de tutoría y orientación educativa, de acuerdo con las disposiciones normativas aprobadas mediante Decreto Supremo N°004-2018-MINEDU.
● Comisión de gestión de recursos educativos y mantenimiento de infraestructura, siguiendo los lineamientos presentes en la Resolución Ministerial N° 176-2020- MINEDU.
● Comité de Alimentación Escolar (CAE), siguiendo también lo dispuesto por la Resolución Viceministerial N° 083-2019-MINEDU y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000143-2020-MIDIS/PNAEQW-DE.
Para la conformación del CONEI y del Comité de tutoría y orientación educativa se debe considerar, de preferencia, a todos los miembros que hayan integrado previamente los mismos. La participación de los representantes de las y los estudiantes, los exalumnos y los padres de familia está condicionada a los medios de comunicación disponibles en cada contexto y no invalida la instalación de ningún comité ni comisión.
La Comisión de gestión de recursos educativos y mantenimiento de infraestructura deberá estar conformada mínimamente por el director de la IE o responsable del programa educativo, un docente o personal administrativo y un representante de los padres de familia o en función de las características propias del servicio educativo.
La formulación y aprobación de planes a cargo de estas Comisiones y Comités quedan suspendidas mientras se brinde servicio educativo no presencial. En caso el directivo o algún representante designado identifique temas o aspectos de los planes que considere necesario plasmar en algún documento, se puede incluir en los IIGG mediante una adaptación, conforme lo dispuesto en el numeral 5.2.