Minedu: Monitoreo y acompañamiento del avance de los aprendizajes de los estudiantes

El directivo debe asegurar que los docentes realicen el monitoreo, en atención de Resolución Viceministerial N° 093-2020-MINEDU, y las orientaciones para la evaluación de competencias, Resolución Viceministerial N° 193-2020-MINEDU.

También el acompañamiento y la evaluación formativa para el desarrollo de competencias de los estudiantes, en las clases no presencial, semipresencial como en el presencial.

El directivo debe orientar a su personal sobre los mecanismos a usar para el monitoreo de los estudiantes y así corroborar si están accediendo a los recursos para el aprendizaje no presencial.

Monitorear los recursos brindados por el Minedu en el marco de «Aprendo en casa» según sus condiciones de conectividad sugeridos por la IE o programa educativo.

Además de brindar acompañamiento socioafectivo y cognitivo de manera continua, atendiendo a la Resolución Viceministerial N° 212-2020-MINEDU, “Lineamientos de tutoría y orientación educativa para la Educación Básica”.

El equipo directivo de las IIEE, la coordinación con el Comité de TOE, planifican, implementan y evalúan priorizando las acciones de tutoría y orientación educativa.

Igualmente acciones de prevención y promoción, según el contexto y las necesidades que contribuyan a su bienestar y de esta manera prevenir la interrupción de su estudio en el servicio educativo.

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