Minedu lanza nuevas precisiones a la DRE y UGEL para docentes que se nombraron o estan en carrera sobre los requisitos generales y específicos ¡LO ÚLTIMO!

Lima, 17 de noviembre de 2023
OFICIO MÚLTIPLE N° 00167-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD
Señores(as):
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL

Presente. –

Asunto : Precisiones sobre la acreditación de los requisitos generales y específicos previstos en el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022
Referencia : Resolución Viceministerial N° 081-2022-MINEDU

De mi mayor consideración:

Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, a fin de comunicarles que de acuerdo a lo previsto en el numeral 5.6.13.2 de la norma técnica que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2022, los profesores que resulten ganadores del referido concurso, deben presentar ante la Mesa de Partes (físico o virtual) de la UGEL o DRE, según corresponda, dentro del plazo establecido, los documentos que acrediten los requisitos generales previstos en los numerales 5.3.2.1.1 y 5.3.2.1.2 de la mencionada Norma Técnica.
En ese marco, esta Dirección General en coordinación con la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN) brinda precisiones, a fin de que la oficina de recursos humanos o la que haga sus veces de la UGEL o DRE verifique el cumplimiento de los requisitos y trayectoria profesional de los postulantes que ganaron una plaza en el mencionado concurso, ello en el marco de lo establecido en el numeral 5.6.13.3, siendo ello así deben verificar lo siguiente:

a) Los documentos que acrediten los requisitos generales previstos en los numerales 5.3.2.1.1 y 5.3.2.1.2 del documento normativo que regula el citado concurso.
b) La constancia simple y/o certificada de estudios de su institución de formación docente que acredite la mención/especialidad/formación que no se encuentra explicita en su titulo previsto en las consideraciones establecidas en el numeral

5.3.2.1.1 del documento normativo.

c) Los documentos presentados para acreditar los requisitos específicos señalados en el numeral 5.3.2.2 del documento normativo.
d) Certificado y/o constancia de salud física y mental, emitido por una Institución Prestadora de Servicios de Salud pública, privada o mixta.
e) En el caso de los requisitos previstos en los numerales 5.3.2.1.4 y 5.3.2.1.5 se presentan los certificados de antecedentes penales y judiciales vigentes que asevere que no ha sido condenado por los delitos señalados en dichos numerales.
f) Los documentos presentados para acreditar su Trayectoria Profesional.

g) Los documentos presentados para recibir las bonificaciones de ley, de ser el caso. Se les precisa que, la verificación del cumplimiento de los requisitos y de la trayectoria profesional de los postulantes que ganaron una plaza en el concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial, no implica volver a aplicar la “Matriz de valoración de la trayectoria profesional” o revisar el calificativo otorgado por el comité de evaluación en la etapa descentralizada. La verificación se ciñe estrictamente a constatar que el postulante ganador cumpla con lo señalado en el numeral 5.3.2.1 referido a los requisitos generales, al numeral 5.3.2.2 referido a los requisitos específicos y documentos exigidos en el numeral 5.6.13.2 de la norma.

Por otro lado, se les exhorta verificar que los títulos que presenten los ganadores del citado concurso, otorgados por las Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior, hayan sido emitidos hasta el inicio de la actividad de inscripción establecida en el cronograma del concurso, esto es hasta del 05 de julio 2022. En caso verifiquen el incumplimiento de los requisitos previstos en la norma, deben proceder a notificar por escrito al postulante con copia al Minedu, que no se emitirá la resolución de nombramiento, de acuerdo con lo establecido en los numerales 5.3.2.3.1 y 5.3.2.3.2 de la norma.

Finalmente, se les exhorta verificar que el postulante declarado ganador cumpla con los  requisitos según su grupo de inscripción, de acuerdo a lo señalado en el Anexo III del documento normativo, conforme a lo establecido en el numeral 5.3.2.1.2.
Hago propicia la oportunidad de expresarles las muestras de mi especial consideración y estima personal.

Atentamente,
(firmado digitalmente por)
ELOY ALFREDO CANTORAL LICLA
Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente

Descargue AQUÍ OFICIO MÚLTIPLE N° 00167-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD

Compartir esta Noticia en tus Redes Sociales

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *