Minedu lanza anexos y precisiones en cuanto al trabajo de docentes de manera presencial y a distancia ¡LO ÚLTIMO!

Durante la jornada de trabajo el profesor realiza, según el tipo de prestación del servicio educativo, las siguientes actividades:

a) Planificar la jornada diaria de acuerdo con las características, necesidades, intereses, contextos de sus estudiantes y tipo de prestación del servicio educativo.

b) Interactuar con el estudiante y sus familiares.

c) Utilizar los recursos disponibles a través de distintos medios, y complementarlos con otras estrategias en el nivel nacional, regional, local o de la IE.

d) Brindar tutoría y orientación educativa como medio para brindar soporte emocional.

e) Brindar retroalimentación a los estudiantes para su mejora.

f) Desarrollar la evaluación de competencias desde un enfoque formativo.

g) Participar en espacios de trabajo y aprendizaje colaborativo donde se  organiza el trabajo pedagógico y se comparten experiencias e información relevante para la mejora de su práctica profesional.

h) Promover la práctica de 10 minutos de actividad física, recreativa y artístico- cultural durante las sesiones pedagógicas para fortalecer el bienestar socioemocional del estudiante. En el caso de Educación Inicial y considerando las características de las niñas y los niños, la actividad física o de movimiento debe garantizarse a través de las acciones que se realizan durante la jornada diaria.

Otras que disponga la dirección de la IE

Cumplimiento de la jornada laboral

a) El director de la IE o responsable del programa educativo es el encargado de asegurar que los profesores y auxiliares de educación que dirige, cumplan de manera efectiva su jornada laboral según la modalidad de trabajo establecida.

b) El director de la IE o responsable del programa educativo es quien responde administrativamente ante la UGEL, DRE u órgano de control, junto al profesor o auxiliar de educación que haya incumplido con las actividades y metas a lograr en su jornada laboral, de identificarse dicho incumplimiento en las acciones de supervisión.

Sustentación del trabajo realizado en el mes

a) Para la modalidad de trabajo presencial, el trabajo realizado por el profesor y auxiliar de educación en el mes, se sustenta con el parte de asistencia que reporta el director de la IE o responsable del programa educativo, conforme lo estipula el numeral 6.2 de la Resolución de Secretaría General Nº 326- 2017-MINEDU, respecto al reporte y consolidado de asistencia mensual.

b) En el trabajo a distancia, el trabajo realizado en el mes por el profesor y auxiliar de educación, se sustenta con la presentación de un Informe mensual de realización de actividades alineado al Plan Anual de Trabajo aprobado, según formatos de los anexos 1 y 2 del presente documento normativo, según corresponda, el cual será entregado al director de la IE o responsable del programa educativo en fecha que no debe superar el último día hábil del mes.

El director de la IE o responsable del programa educativo utiliza como insumo para el reporte de asistencia mensual, los formatos establecidos en los anexos 03 y 04 de la norma técnica, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 326-2017-MINEDU. Dichos formatos deben remitirse formalmente a la UGEL a fin de sustentar el trabajo realizado y el pago de las remuneraciones, junto con los informes de los profesores y auxiliares de educación para el caso del trabajo a distancia, a través de los medios virtuales previamente establecidos por dicha entidad o de manera presencial dentro de los tres (3) primeros días hábiles del mes inmediato próximo.

Para el caso de las IIEE unidocentes, el monitoreo a realizarse está a cargo del especialista en educación de la DRE/UGEL, según corresponda. Asimismo, el informe para el caso del trabajo a distancia deberá contar con la conformidad del padre o madre de familia que preside el comité de aula o alguna autoridad de la comunidad, para que el especialista de educación lo consigne en los anexos 03 y 04 de la norma técnica aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 326- 2017-MINEDU y lo derive al jefe de recursos humanos de la UGEL que corresponda, quien corre traslado al equipo de planillas para las consideraciones respectivas.

Descargue AQUÍ los anexos de la RVM Nº 077-2022-MINEDU

 

 

 

 

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