Seguirán siendo gratuitos y el Estado continuará a cargo del financiamiento de las plazas docentes y el mantenimiento preventivo Nueva norma para la gestión de escuelas públicas por entidades sin fines de lucro busca garantizar la mejora de la calidad de los aprendizajes
Las nuevas disposiciones del Ministerio de Educación (Minedu) que regulan y orientan los convenios para la gestión de colegios públicos a cargo de entidades sin fines de lucro están enfocadas en garantizar la mejora de la calidad de los aprendizajes y de ninguna manera buscan la privatización de instituciones educativas.
La directora general de Calidad de la Gestión Escolar del Minedu, Mariela Zapata, afirmó que las escuelas que funcionan por gestión de entidades sin fines de lucro seguirán siendo públicas y gratuitas y el Estado continuará a cargo del financiamiento de las plazas docentes, el mantenimiento preventivo y todo lo que requieran para seguir funcionando.
“Es un mito creer que se van a privatizar las escuelas, eso está descartado; la norma se rige por la Ley General de Educación y busca incentivar el respeto a los dispositivos que regulan el sistema educativo, incluyendo el Currículo Nacional, y mejorar las pautas que evitan la discriminación o la selección de estudiantes”, enfatizó.
Zapata señaló que existen tres tipos de gestión, las escuelas públicas gestionadas directamente por el Minedu, las públicas gestionadas por entidades sin fines de lucro y las escuelas privadas, y explicó que las nuevas disposiciones están enfocadas en regular los requisitos que deben de cumplir los convenios con el propósito de mejorar el sistema educativo.
“Actualmente existen más de 1200 colegios que tienen este tipo de convenios y representan el 1 % de los servicios educativos a nivel nacional, y los futuros convenios entre los gobiernos regionales o el Minedu y las entidades sin fines de lucro tendrán que regirse por la nueva norma”, indicó.
La funcionaria manifestó que la norma obliga a las entidades a presentar un plan con sus objetivos y análisis de costo-beneficio y establece que deben tener un mínimo de dos años de experiencia en proyectos educativos y adjuntar evidencias que lo acrediten.
Sin embargo, si la entidad sin fines de lucro no logra concretar los objetivos de mejorar los aprendizajes en la gestión de un colegio público, el convenio puede ser resuelto porque lo que se busca es la gestión basada en calidad, anotó.
Según la norma aprobada mediante Resolución Ministerial N° 326-2020, las entidades sin fines de lucro deben presentar un plan de gestión a la UGEL de su jurisdicción detallando los compromisos que asumirá para garantizar el éxito y la eficacia del convenio, una matriz de planificación de la propuesta, el cronograma de actividades y los resultados esperados según las metas e indicadores de cumplimiento.
Finalmente, Zapata informó que cada Unidad de Gestión Educativa Local, como órgano de supervisión descentralizado, es responsable de elaborar el informe de la gestión anualmente y al término de la vigencia del convenio, el cual será elevado al gobierno regional o al Minedu para la evaluación y la renovación, de ser el caso.