Comencemos haciendo un repaso de lo que sabemos acerca de las normas de convivencia. Los “Lineamientos para la gestión de la convivencia escolar, la prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes” (en adelante, “Lineamientos de convivencia escolar”), aprobados por el Decreto Supremo N.º 004-2018-MINEDU, las definen en su Anexo 1, como: En primer lugar, hablamos de una “convivencia escolar democrática”. Que sea democrática significa que a través de las relaciones interpersonales se reconocen y se defienden, de forma proactiva, los derechos humanos de toda la comunidad educativa. Además, mediante la práctica, las/los estudiantes construyen experiencias de aprendizaje relacionadas con el ejercicio de la ciudadanía, la responsabilidad, la solidaridad y el respeto por la autoridad y las leyes.
Recordemos que la formación en ciudadanía requiere que la convivencia escolar no solo sea un aprendizaje de aula, logrado en las sesiones o actividades de clases, sino una experiencia dinámica que se dé en todos los ámbitos de la vida escolar, y que involucre a todas y todos los integrantes de la comunidad educativa, con sus acciones, actitudes, decisiones y valores.
Es en ese sentido que deben comprenderse las pautas de comportamiento que señala nuestra definición, las que están basadas en valores, actitudes, acciones y prácticas que la comunidad educativa espera de todas y todos sus integrantes, no solamente de las/los estudiantes. Y están directamente relacionadas con las expectativas que la misma escuela tiene con respecto a la calidad de las relaciones humanas que se dan en ella.
Es un error común pensar que las normas de convivencia responden únicamente a las expectativas del personal de la escuela, especialmente al comportamiento de las/los estudiantes. Sin embargo, ellas y ellos son parte del proceso de construcción de las normas. Pero, además, tengamos en cuenta lo que señalan los Lineamientos de convivencia escolar en el numeral 8.2.1:
Ya hemos señalado que las medidas reguladoras son acciones disciplinarias que tienen por objeto gestionar el comportamiento retador o disruptivo de las/los estudiantes fortalecer su capacidad de autorregulación. Son acciones positivas que buscan redirigir el comportamiento de las/los estudiantes hacia el cumplimiento de las normas de convivencia, de acuerdo con su edad y nivel de desarrollo, respetando su dignidad y sin vulnerar sus derechos.
En ese sentido, la aplicación de medidas reguladoras no es un suceso aislado. Por el contrario, son una pieza clave dentro de un proceso permanente de pedagogía moral y aprendizaje socioemocional. En este proceso, la función del adulto recae en responder con pertinencia a las necesidades y motivaciones que las niñas, niños o adolescentes expresan a través de sus comportamientos, orientándolos a comprender las causas de sus acciones, a responsabilizarse por las consecuencias, a reparar el daño causado y restablecer las relaciones afectadas.
¿Cómo se construyen las normas de convivencia?
Notemos que, al abordar la construcción de las normas desde esta perspectiva de la participación democrática, el valor pedagógico y formativo está puesto tanto en el resultado (las normas de convivencia) como en el proceso mismo de la elaboración. La elaboración se convierte en una oportunidad de aprendizaje, en una forma de vivenciar cómo funcionan el diálogo y la negociación; así como en una oportunidad para desarrollar actitudes democráticas, la reflexión crítica y el consenso.
En general, las personas cumplen mejor las normas y leyes cuando las sienten suyas, cuando se reconocen como una parte responsable en su elaboración, comprenden su sentido y pueden monitorear su aplicación. Por lo tanto, no buscamos únicamente recoger opiniones y recomendaciones de nuestra comunidad educativa al momento de elaborar las normas de convivencia, sino que se involucren en el proceso de construcción; de tal manera que, al finalizarlas, crean realmente en ellas, en el valor de utilizarlas y vivenciarlas en la cotidianeidad de la vida escolar.
Ahora bien, también es importante que las normas de convivencia estén articuladas y guarden coherencia con los siete enfoques transversales que el Ministerio de Educación propone en el Currículo nacional de la educación básica (CNEB), para lo cual sugerimos tener en cuenta las siguientes preguntas de reflexión:
De acuerdo con el Anexo 1 de los Lineamientos de convivencia escolar, el proceso de elaboración de las normas de convivencia de la escuela es liderado por el Comité de Tutoría y Orientación Educativa y cuenta con la participación de la comunidad educativa o sus representantes. Si van a elegirse representantes, es importante que participen del proceso, por lo menos, el/la director/a, así como representantes del grupo de docentes, auxiliares, estudiantes y familias.
Los pasos a seguir para la elaboración de las normas de convivencia en la escuela son los siguientes:
Sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de la construcción participativa de las normas de convivencia.
Recoger información sobre la calidad de la convivencia en la escuela. Revisar el diagnóstico del Proyecto Educativo Institucional (PEI).
Revisar la normatividad vigente en materia de gestión de la convivencia escolar.
Determinar la metodología a ser utilizada para motivar la participación y lograr el consenso necesario.
Desarrollar el proceso de construcción con la comunidad educativa o sus representantes.
Aprobar las normas de convivencia en sesión del CONEI.
Formalizar las normas mediante resolución directoral e incluirlas en el reglamento interno.
Difundirlas periódicamente a la comunidad educativa a través de diferentes medios físicos y virtuales.
Darles seguimiento y evaluarlas periódicamente. Esta labor puede ser desarrollada por el Comité de Tutoría y Orientación Educativa.
Actualizarlas de acuerdo con las necesidades de la escuela.
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