MINEDU| Capacitación sobre el nuevo formato de Certificados de Estudios [MI CERTIFICADO]

Ante este nuevo escenario se propone que la constancia de logros de Aprendizaje acredite la culminación de la educación básica del postulante o ingresante a las universidades públicas y privadas, a las fuerzas policiales y a convocatorias laborales.


Que las Universidades públicas y privadas, fuerzas policiales y convocatorias laborales acepten la información contenida en la constancia de logros de aprendizaje para sus procesos de admisión, matrícula y contratación.


Que las y los estudiantes, cuya trayectoria educativa sea previa al año 2013, presenten el certificado de estudios obtenido en su I.E.


El CE sólo sea requisito para los casos establecidos en la ley general de educación y su reglamento: para postular a institutos de educación superior y para estudios en el extranjero.


Para traslados a otras II.EE. estos se hacen solo con la resolución directoral de traslado, no se requiere emitir el CE
En II.EE. privadas, el CE podrá ser presentado para el traslado o continuidad de estudios(de establecerse en su RI)


Los CE no requieran visado en la UGEL, porque no es requisito en la normativa y ya cuenta con mecanismos de seguridad: código QR, código virtual y firma y sello de la I.E.

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