Logré el bono de 18 mil por nombrarme en la CPM que no debo hacer para evitar que me suspendan del beneficio

¿Pueden suspender el pago del Bono a un beneficiario?

Sí, cuando el beneficiario no cumple con los requisitos establecidos en el punto 5.1.2.1 de la NT2021. La suspensión, en uno o más períodos, no genera derecho a reintegro en caso se cumpla con los requisitos para percibirlo en los siguientes períodos.

La DRE o UGEL (según su condición de unidad ejecutora) correspondiente, es la instancia encargada de validar el cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios. En caso corresponda la suspensión del Bono, es la misma instancia quien debe notificárselo al docente, con el respectivo sustento.

¿Puedo ser declarado beneficiario y luego perder el derecho al Bono?

Sí, de acuerdo a la NT2021, el beneficiario pierde el derecho al otorgamiento del Bono, si ocurriera una o más de las siguientes situaciones:

  1. Se deje sin efecto el nombramiento.
  2. Declaración de nulidad de la resolución nombramiento.
  3. Renuncia a la CPM.
  4. Cese
  5. Fallecimiento
  6. Inhabilitación para el ejercicio de la función pública.
  7. Tener sanción administrativa disciplinaria de suspensión, cese temporal o destitución del servicio educativo en el periodo de verificación, salvo que su ejecutoriedad haya sido suspendida por la autoridad competente.
  8. Tener sentencia condenatoria, consentida y/o ejecutoriada, por los delitos consignados en la Ley N° 29988 y a los que se hace referencia en el artículo 1° de la Ley N° 30794 y el artículo 2 de la Ley N° 30901, sin perjuicio de la inscripción de dichas sentencias en los registros o subregistros que se implementen en el marco de las mencionadas leyes.

La DRE o UGEL (según su condición de unidad ejecutora) correspondiente, es la instancia encargada de validar el cumplimiento de los requisitos por parte de los beneficiarios. En caso corresponda la pérdida del Bono, es la misma instancia quien debe notificárselo al docente, con el respectivo sustento.

Fuente: MINEDU.GOB.PE

 

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