Sueldos, beneficios, bonificaciones para los docentes contratados éste 2020.

Remuneración Mensual

El profesor contratado percibe una remuneración mensual de acuerdo a la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta servicios

Modalidad/Forma/CargoNiveles/CicloJornada laboralMonto
Educación básica regular (EBR)Inicial302 200
Primaria302 200
Secundaria302 200
Educación básica especial (EBE)Inicial302 200
Primaria302 200
Educación básica alternativa (EBA)Inicial/intermedio302 200
Avanzado302 200
Educación técnico-productiva (ETP)Básico y medio302 200
Coordinadores de PRONOEI, ODEC y ONDEC 402 933

Los profesores contratados que laboren menos de la jornada de trabajo establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibe una remuneración mensual de acuerdo a las horas de su contrato.

Bonificaciones por condiciones especiales del servicio

Adicionalmente a su remuneración mensual, el profesor contratado puede percibir hasta cinco bonificaciones mensuales por tipo y ubicación de la institución educativa en la que trabaja.

Para el otorgamiento de estas bonificaciones el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los padrones de instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estas asignaciones.

Tipo de IEMonto S/
Unidocente200
Multigrado140
Bilingüe50
Bilingüe acreditado (Profesor debe trabajar en IE bilingüe)100
Ubicación de IEMonto S/
Rural 1500
Rural 2100
Rural 370
Frontera100
VRAEM300

Descarga los padrones de institución educativa aquí

Beneficios

  • Subsidio por luto y sepelio
    En el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos el docente percibe el S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del docente, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también perciben el subsidio. Este beneficio se otorga durante el periodo del contrato del docente
  • Compensación por tiempo de servicios (CTS)
    El docente contratado percibe al terminar su contrato una compensación por tiempo de servicio equivalente al 14% de su remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios continuos.
  • Vacaciones truncas
    Al finalizar su contrato, el profesor contratado tiene derecho a percibir vacaciones truncas. El monto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato.

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