Aprueban Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025”
Resolución Ministerial N° 009-2025-MINEDU
Lima, 9 de enero de 2025
VISTO, el Expediente N° MPD2024-EXT-0973480, el Oficio N° 002589-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, el Memorándum N° 01062-2024-MINEDU/SPE-OPEP de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00027-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación (MINEDU) es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, el literal i) del artículo 80 de la referida Ley establece como función del MINEDU el liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa;
Que, el literal a) del numeral 79.1 del artículo 79 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al MINEDU, para financiar, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, el “Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2025”, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas y la implementación del equipamiento de ciclista en el marco de la intervención Rutas Solidarias, hasta por la suma de S/ 301 699 720,00 (TRESCIENTOS UN MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta S/ 3 000 000,00 (TRES MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas y la implementación del equipamiento de seguridad del ciclista en el marco de la intervención Rutas Solidarias, y hasta por la suma de S/ 1 602 800,00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES) para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica de las actividades previstas en el citado Programa;
Que, el numeral 79.2 del artículo 79 de la citada Ley señala que los montos a que refiere el numeral 79.1 son desembolsados de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del personal de la institución educativa pública, según corresponda, de acuerdo con las disposiciones establecidas mediante resolución ministerial del MINEDU; dichos montos son desembolsados de manera directa, a excepción de los montos destinados para la contratación de servicios de seguimiento, monitoreo, evaluación y asistencia técnica;
Que, asimismo el numeral 79.3 del artículo 79 de la referida Ley establece que el MINEDU, mediante resolución del titular del pliego, hasta el 31 de enero de 2025, aprueba las disposiciones que resulten necesarias para la aplicación de lo establecido en el referido artículo, las cuales incluyen los mecanismos para la apertura de cuentas, utilización de los recursos, y de devolución ante la no utilización de los recursos, así como el plazo hasta el cual se ejecuta lo dispuesto en los numerales 79.1 y 79.2 del citado artículo;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa (PRONIED), el mismo que tiene por objeto ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de educación básica y de educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada; en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país;
Que, el artículo 32 del Manual de Operaciones de PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU, establece que la Unidad Gerencial de Mantenimiento es responsable de llevar a cabo los procesos de mantenimiento y conservación de la infraestructura educativa (mejoramiento y/o rehabilitación) de los locales escolares en todos los niveles y modalidades de la educación básica y de la educación superior pedagógica, tecnológica y técnico-productiva;
Que, mediante el Oficio N° 002589-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE, la Dirección Ejecutiva del PRONIED, sustentada en el Informe N° 00109-2024-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM de su Unidad Gerencial de Mantenimiento -con la conformidad de la Dirección General de Infraestructura Educativa, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar del Despacho Viceministerial de Gestión Institucional-, en el Informe N° 000415-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OPP de su Oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como en el Informe N° 001249-2024-MINEDU-VMGI-PRONIED-OAJ de su Oficina de Asesoría Jurídica, sustenta y propone la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025”; precisando que el financiamiento para el “Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2025” asciende a la suma de S/ 296 602 800,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES);
Que, con el Memorándum N° 01062-2024-MINEDU/SPE-OPEP, la Oficina de Panificación Estratégica y Presupuesto remite y encuentra conforme el Informe N° 02558-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de su Unidad de Planificación y Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable para la aprobación de la referida Norma Técnica, precisando que se alinea a los objetivos estratégicos del Sector Educación y existen recursos asignados en la Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2025, para financiar la ejecución del Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2025, hasta por un monto de S/ 296 602 800,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 SOLES);
Que, mediante el Informe Nº 00027-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la aprobación de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025”;
Que, en ese sentido, corresponde expedir el presente acto resolutivo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU que crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa; y en el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la ejecución del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos para el Año 2025”, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MORGAN NICCOLO QUERO GAIME
Ministro de Educación
2360703-1