¡LE DICE NO! al «nombramiento progresivo»
El Consejo Nacional de Educación del Perú se pronunció de la siguiente manera:
No al nombramiento automático de profesores | Afectaría el derecho de cerca de 65 mil maestros que están en evaluación final para cubrir 50 mil plazas
El Consejo Nacional de Educación (CNE) manifiesta su rechazo al Proyecto de Ley N° 6445/2023-CR, aprobado en primera votación por el Congreso de la República, que plantea el nombramiento excepcional de docentes de la educación básica que aprobaron las dos etapas del concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial (CPM) y establece que el MINEDU desarrolle el proceso de adjudicación de plazas, incorporando a miles de docentes que no alcanzaron las vacantes disponibles.
El referido Proyecto de Ley transgrede el artículo 21 de la Ley de Reforma Magisterial que prescribe mandatoriamente que en toda convocatoria para el acceso a la CPM ingresan únicamente los docentes que hayan alcanzado plaza vacante, señalando que cada concurso es “independiente” y sus resultados “cancelatorios”.
No obstante que el Tribunal Constitucional ha establecido en sentencias previas, que el acceso a la función pública debe regirse por condiciones de igualdad y mérito, sin exclusiones ni privilegios, y respetando el principio de legalidad, el referido Proyecto de Ley pretende beneficiar a maestros que participaron en procesos concluidos, afectando derechos de cerca de 65 mil docentes que están en evaluación final para cubrir 50 mil plazas presupuestadas a la fecha.
Instamos a los congresistas a reconsiderar esta iniciativa que lesiona la rectoría del Ministerio de Educación y la calidad educativa, además de quebrantar el principio de legalidad. Garantizar una educación, con crecimiento continuo en base a la meritocracia docente, exige procesos públicos transparentes basados en el mérito y capacidad, respetando las funciones exclusivas concedidas al Ministerio de Educación para gestionar el sistema educativo. Esperamos la no aprobación de esta iniciativa legislativa, caso contrario invocamos al Poder Ejecutivo para que la observe, de acuerdo a sus facultades constitucionales.
Lima, 25 de noviembre 2024