Congreso aprueba dictamen para incremento de sueldo progresivo por 4 años para docentes para los años 2026 hasta 2029 ¡LO ÚLTIMO!

𝗦𝗘 𝗔𝗣𝗥𝗢𝗕Ó 𝗘𝗟 𝗗𝗜𝗖𝗧𝗔𝗠𝗘𝗡 𝗗𝗘 𝗟𝗔 𝗟𝗘𝗬 𝗤𝗨𝗘 𝗘𝗦𝗧𝗔𝗕𝗟𝗘𝗖𝗘 𝗘𝗟 𝗜𝗡𝗖𝗥𝗘𝗠𝗘𝗡𝗧𝗢 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗘𝗦𝗜𝗩𝗔𝗠𝗘𝗡𝗧𝗘 𝗟𝗔 𝗥𝗘𝗠𝗨𝗡𝗘𝗥𝗔𝗖𝗜Ó𝗡 𝗜𝗡𝗧𝗘𝗚𝗥𝗔 𝗠𝗘𝗡𝗦𝗨𝗔𝗟 (𝗥𝗜𝗠) 𝗗𝗘 𝗟𝗢𝗦 𝗗𝗢𝗖𝗘𝗡𝗧𝗘𝗦 𝗖𝗢𝗠𝗣𝗥𝗘𝗡𝗗𝗜𝗗𝗢𝗦 𝗘𝗡 𝗟𝗔 𝗟𝗘𝗬 𝟮𝟵𝟵𝟰𝟰 𝗬 𝗟𝗔 𝗟𝗘𝗬 𝟯𝟬𝟯𝟮𝟴. En la Séptima Sesión Ordinaria de la Comisión de Educación, Juventud y Deporte del Congreso de la República, se APROBÓ EL DICTAMEN recaído en nuestro Proyecto de Ley 7515/2023-CR y otros Proyectos de Ley que plantean el incremento progresivo de la Remuneración Integra Mensual (RIM) de los docentes comprendidos en la ley 29944 y la ley 30328.
𝗘𝗻 𝗹𝗮 𝗣𝗿𝗲𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲 𝗦𝗲𝘀𝗶ó𝗻 𝗣𝗥𝗘𝗦𝗘𝗡𝗧𝗔𝗠𝗢𝗦 𝗘𝗟 𝗧𝗘𝗫𝗧𝗢 𝗦𝗨𝗦𝗧𝗜𝗧𝗨𝗧𝗢𝗥𝗜𝗢: PREDICTAMEN FAVORABLE RECAÍDO EN LOS, PROYECTOS DE LEY 1457/2021-CR, 2699/2021-CR, 3477/2022-CR, 6613/2023-CR, 7515/2023-CR, 8504/2024- CR, 89212024-CR, 12189/2025-CR Y 12312/2025-CR, POR EL QUE SE PROPONE LEY QUE INCREMENTA PROGRESIVAMENTE LA REMUNERACIÓN ÍNTEGRA MENSUAL (RIM) DE LOS DOCENTES COMPRENDIDOS EN LA LEY 29944 Y LA LEY 30328; ADEMÁS DICTA DISPOSICIONES EN BENEFICIO DE LOS DOCENTES CONTRATADOS

Artículo 2. Incremento progresivo de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM)

2.1. El Poder Ejecutivo, a través de los ministerios de Economía y Finanzas y de Educación, incrementa progresivamente la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) por hora de trabajo semanal–mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera Pública Magisterial, prevista en la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial, conforme a los siguientes valores:
a) Para el año 2026, la suma de S/ 130.00 (ciento treinta y 00/100 soles).
b) Para el año 2027, la suma de S/ 160.00 (ciento sesenta y 00/100 soles).
c) Para el año 2028, la suma de S/ 190.00 (ciento noventa y 00/100 soles).
d) Para el año 2029, la suma de S/ 200.00 (doscientos y 00/100 soles).
Y su asignación es de carácter permanente.
2.2. El Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas, establece mediante decreto supremo los montos específicos de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) correspondientes a cada escala magisterial y jornada laboral, aplicables a los docentes comprendidos en las leyes 29944, Ley de Reforma Magisterial, y 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones.
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