Estimadas familias, esta cartilla informativa tiene como finalidad detallar el proceso de tramitación de sus derechos ante el fallecimiento de docentes y auxiliares de educación contratados.
Compensación por Tiempo de Servicios
Es el derecho que por ley le corresponde a todo trabajador, como beneficio social, por el tiem- po de servicio brindado. El docente y auxiliar de educación contratados perciben, al terminar su contrato, una compensación por tiempo de servicio equivalente al 14 % de su remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios continuos.
Subsidio por luto y sepelio
En el caso del fallecimiento del docente y auxiliar de educación contratados, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos (en ese orden de prelación de forma excluyente), percibe S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio.
Vacaciones truncas
Posterior al cese por fallecimiento, el profesor o el auxiliar de educación contratado tiene derecho a percibir vacaciones truncas. El monto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato.