Constancia de logros de aprendizaje servirá para los que han estudiado en colegios públicos y privados desde el 2013
- Se solicita de manera virtual, se descarga e imprime de forma gratuita y su contenido puede verificarse desde un dispositivo con internet.
Las personas que hayan cursado algún grado de la educación básica regular en colegios públicos y privados a partir del año 2013 podrán acreditar su trayectoria educativa con la constancia de logros de aprendizaje que ha creado el Ministerio de Educación (Minedu) y se obtiene de manera virtual.
Hasta ahora, el certificado de estudios era el único documento que acreditaba la trayectoria educativa de los estudiantes del país. La constancia de logros de aprendizaje tiene el mismo fin, sin embargo, ambos documentos se diferencian en el uso que se les puede dar.
De acuerdo con la normativa vigente, el certificado de estudios es requisito para acceder a un centro de educación técnico-productiva, a institutos de educación superior, a estudios en el extranjero y a las Fuerzas Armadas. Para todos los demás casos, podrá usarse la constancia de logros de aprendizaje.
Para los procesos de matrícula en los colegios privados se podrá seguir usando el certificado de estudios si así lo establece el reglamento de la institución. En este caso, el colegio privado deberá informar esto por escrito a los padres de familia en el plazo de 30 días calendario antes de iniciar la matrícula.
La constancia contiene los resultados de la evaluación de los grados cursados por nivel educativo. El usuario que desee solicitarla debe ingresar a la plataforma web https://constancia.minedu.gob.pe/, dar clic en la opción “Solicitar Constancia”, registrar los datos del apoderado y estudiante, indicar los datos académicos que requiere (modalidad y nivel de estudios) y finalmente podrá visualizar, descargar e imprimirla de forma gratuita.
La constancia tiene dos elementos de seguridad para verificar sus contenidos. Uno es la opción “Verificar Constancia”, en la que se ingresa el código virtual del documento y el DNI del estudiante. El otro es un código QR que podrá ser escaneado desde un teléfono celular.
En ambos casos, si la información que aparece en el sistema es la misma del documento presentado -física o virtualmente-, es un documento válido. En caso de que se visualice información distinta, el documento ha podido ser adulterado, por lo que no tendrá validez y podrá ser rechazado.
Los estudiantes que hayan egresado de la Educación Básica Regular antes del 2013 y quieran acreditar su trayectoria educativa deberán solicitar necesariamente el certificado de estudios en el colegio en el que cursaron el último grado o en la UGEL, si la institución educativa no se encuentra en funcionamiento. Más información AQUÍ
Fuente: Minedu Oficina de Prensa