Aprueban la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”
Resolución Viceministerial N° 106-2024-MINEDU
Lima, 30 de setiembre de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIED2024-INT-0576472, el Informe Nº 01815-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Oficio N° 02821-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N° 01794-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 01249-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, prevé que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente y formula los indicadores e instrumentos de evaluación. Asimismo, en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley de Reforma Magisterial, el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para sumir cargos de mayor responsabilidad. Se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto. Asimismo, el artículo 27 de la citada Ley señala que el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a las normas y especificaciones técnicas que se emitan;
Que, el artículo 28 de la referida Ley establece que la evaluación para el ascenso en la Carrera Pública Magisterial tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente, considerando los criterios de: (i) evaluación previa del desempeño docente, (ii) idoneidad ética y profesional y (iii) formación y méritos;
Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 51 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, el ascenso tiene, entre otros, el objetivo de promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;
Que, el numeral 52.1 del artículo 52 del mencionado Reglamento señala que el concurso para el ascenso de escala magisterial, en la forma de Educación Técnico-Productiva se desarrolla únicamente a nivel descentralizado, mediante la aplicación de instrumentos por parte de los Gobiernos Regionales, a través de sus instancias de gestión educativa descentralizadas, de acuerdo con las disposiciones que emita el Ministerio de Educación;
Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio N° 02568-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01815-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, complementado con el Oficio N° 02821-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la referida Dirección General, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, la misma que tiene como objetivo establecer los requisitos, criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en la Carrera Publica Magisterial;
Que, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED); de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA); de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN) y de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente (DIBRED), estas dos últimas direcciones dependientes de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);
Que, mediante el Informe N° 01794-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta, por cuanto la misma se encuentra alineada con los instrumentos de planificación estratégica institucional y sectorial del sector Educación; además, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010. Ministerio de Educación, ni al Tesoro Público para el Año Fiscal 2024. Asimismo, para los siguientes años, la Dirección de Evaluación Docente gestionará la asignación de los recursos presupuestarios que fueran necesarios en el marco de los procesos de Programación Multianual Presupuestaria y de acuerdo con las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto correspondientes;
Que, asimismo, con Informe Nº 01249-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa, sugiriendo proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Público para el Ascenso de Escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en el marco de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica