Aprueban norma técnica identificación y registro de instituciones EIB y derogan el artículo 3 de la R.M. N° 646-2018-MINEDU

Aprueban la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la caracterización, identificación y registro de instituciones y programas educativos en el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe” y derogan el artículo 3 de la R.M. N° 646-2018-MINEDU

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 514-2024-MINEDU

Lima, 16 de octubre de 2024

VISTOS, el Expediente N° DEIB2024-INT-0600883, el Informe Técnico N° 00006-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y el Informe N° 00201-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, el Informe N° 01857-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 01292-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 1 de la Ley N° 27818, Ley para la Educación Bilingüe Intercultural establece que el Estado reconoce la diversidad cultural peruana como un valor y fomenta la educación bilingüe intercultural en las regiones donde habitan los pueblos indígenas;

Que, el literal f) del artículo 8 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, dispone que la educación peruana tiene a la persona como centro y agente fundamental del proceso educativo y se sustenta, entre otros, en el principio de la interculturalidad; asimismo, de acuerdo con el artículo 20 de la citada Ley, la Educación Bilingüe Intercultural se ofrece en todo el sistema educativo y tiene como finalidad, promover la valoración y enriquecimiento de la propia cultura, el respeto a la diversidad cultural, el diálogo intercultural y la toma de conciencia de los derechos de los pueblos indígenas, y de otras comunidades nacionales y extranjeras; así como preservar las lenguas de los pueblos indígenas y promover su desarrollo y práctica, entre otros aspectos;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 519- 2018-MINEDU, se crea el Modelo de Servicio Educativo Educación Intercultural Bilingüe, posteriormente modificado por la Resolución Ministerial N° 389- 2024-MINEDU, el cual tiene como objetivo general, brindar un servicio educativo de calidad, con pertinencia cultural y lingüística, diversificada en formas de atención que responden a los diversos escenarios socioculturales y lingüísticos del país para mejorar el logro de aprendizajes de los estudiantes de pueblos originarios o indígenas;

Que, a través de la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, se crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe y se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”;

Que, en atención a las disposiciones legales señaladas, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Técnico N° 00006-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y el Informe N° 00201-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB, elaborados por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, a través de los cuales se sustenta la necesidad de (i) aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la caracterización, identificación y registro de instituciones y programas educativos en el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe” (en adelante, propuesta normativa), y (ii) derogar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”;

Que, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular; la Dirección General de Servicios Educativos Especializados; la Dirección General de Desarrollo Docente; la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística; la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar; y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;

Que, mediante el Informe N° 01857-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e instituciones del Sector Educación y, desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2024, siendo que el financiamiento de su implementación estará sujeta a los créditos que le sean asignados para tal fin a la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe en el Presupuesto Institucional del Pliego 010. M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2025 y subsiguientes, en el marco de los respectivos procesos de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria;

Que, a través del Informe N° 01292-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la caracterización, identificación y registro de instituciones y programas educativos en el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”, la misma que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogar el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MORGAN NICCOLO QUERO GAIME

Ministro de Educación

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