RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 263-2021-MINEDU
Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 13 y 16 de la Constitución Política del Perú, la educación tiene como fi nalidad el desarrollo integral de la persona humana; correspondiéndole al Estado coordinar la política educativa, formular los lineamientos generales de los planes de estudios y los requisitos mínimos de la organización de los centros educativos, supervisar su cumplimiento y la calidad de la educación;
Que, según lo señalado por el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, el sector educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con los literales b) del punto 1 y a) del punto 2 del artículo 5 de dicha Ley, respectivamente, el Ministerio de Educación tiene dentro de sus funciones rectoras las de realizar seguimiento respecto del desempeño y logros alcanzados a nivel nacional, regional y local, y tomar las medidas correspondientes; y dentro de sus funciones técnico-normativas las de aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia;
Que, a través del Informe Nº 01517-2020-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, ratifi cado con el Informe N° 00867-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani
fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación de la propuesta normativa, por cuanto se encuentra alineada con los objetivos estratégicos a los instrumentos en materia de planifi cación estratégica e institucional del Sector Educación y su implementación no irrogará gastos al Pliego 010: Ministerio de Educación;
Que, mediante Informe N° 01332-2020-MINEDU/SG- OGAJ, ratifi cado con el Informe N° 00877-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación emite opinión legal favorable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para la aprobación de la propuesta normativa;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 26549, Ley de los Centros Educativos Privados; y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos que establecen las condiciones básicas para la provisión de servicios educativos de Educación Básica”, los mismos que, como anexo, forman parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial “El Peruano”.