Aprueban “Listado de locales educativos beneficiarios para la instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de Mantenimiento 2021”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA

Nº 000058-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE

Lima, 30 de marzo de 2021

Vistos, el Memorando Nº 000979-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM y el Informe Nº 000103-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM-MAP de la Unidad Gerencial de Mantenimiento y el Informe Nº 000246-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Infraestructura Educativa, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU, se crea el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, con el objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma planificada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa; a fin de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país;

Que, el literal a) del numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autorizó al Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2021, para financiar el Programa de Mantenimiento de los Locales Educativos 2021, que incluye el mantenimiento preventivo y/o correctivo de locales educativos públicos, el mejoramiento de los servicios de agua, saneamiento y electricidad, mantenimiento preventivo y/o correctivo de bicicletas en el marco de la iniciativa rutas solidarias, la adquisición, reparación, reposición y/o mantenimiento de mobiliario y equipamiento, la adquisición de útiles escolares y de escritorio, y la adquisición de kits de higiene para mantener condiciones adecuadas de salubridad en los locales educativos hasta por la suma de S/ 365 000 000,00 (TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), los que consideran hasta S/ 2 000 000,00 (DOS MILLONES Y 00/100 SOLES) para el mantenimiento de bicicletas entregadas en el marco de la Iniciativa Rutas Solidarias;

Que, de acuerdo al numeral 42.2 de la citada Ley, los montos para los fines señalados en el numeral 42.1, son desembolsados de manera directa, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, bajo la modalidad de subvenciones;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 557-2020-MINEDU se aprobó la Norma Técnica “Disposiciones generales para la ejecución mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa bajo la modalidad de subvenciones”, cuyo objetivo es establecer disposiciones generales sobre las etapas, acciones transversales y responsabilidades para la ejecución de mantenimiento y acondicionamiento de infraestructura educativa que se realiza en instituciones educativas públicas y programas educativos a nivel nacional, bajo la modalidad de subvenciones directas, las cuales se desarrollan conforme a principios de eficiencia, transparencia, equidad y legalidad en la utilización de los recursos públicos asignados;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 05-2021-MINEDU se aprobó la Norma Técnica “Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento 2021”, cuyo objetivo es establecer disposiciones específicas sobre la focalización de locales educativos, plazos de las diferentes etapas, programación y ejecución del mantenimiento de locales educativos, bajo la modalidad de subvenciones para el año 2021;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 011-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-DE de fecha 16 de enero de 2021, el Programa Nacional de Infraestructura Educativa aprueba el “Listado de locales educativos beneficiarios del Programa de Mantenimiento para el año 2021”;

Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 021-2021 se establecen medidas extraordinarias en materia económica y financiera, en el marco de la emergencia sanitaria generada por el brote de la COVID-19, que permitan adoptar de manera inmediata, acciones y estrategias preventivas y de respuesta, a fin de contribuir con la generación de condiciones de salubridad e higiene en favor de estudiantes y personal de las Instituciones Educativas Públicas, estando frente al reinicio progresivo del servicio educativo presencial y semipresencial en el año 2021;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, autoriza al Ministerio de Educación para financiar durante el Año Fiscal 2021 con cargo a su presupuesto institucional, bajo el mecanismo previsto en el numeral 2.2 del mismo, la instalación de estaciones de lavado de manos en locales de Instituciones Educativas públicas, en el marco del Programa de Mantenimiento de Locales Educativos 2021 previsto en el artículo 42 de la Ley Nº 31084, con la finalidad de ampliar la cobertura de condiciones adecuadas de salubridad en infraestructura educativa, hasta por la suma de S/ 37 831 200,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS Y 00/100 SOLES)”;

Que, el referido numeral 2.2, precisa que el monto correspondiente a la instalación de estaciones de lavado de manos a los que hace referencia es desembolsado de manera directa, bajo la modalidad de subvenciones, mediante el abono en una cuenta abierta en el Banco de la Nación a nombre del director de la institución educativa pública, titular o encargado, o responsable de mantenimiento de acuerdo a las disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación. Asimismo, el citado Decreto de Urgencia dispone en el numeral 2.3 que el Ministerio de Educación, dentro de los siguientes cuarenta y cinco (45) días calendario contados a partir de la vigencia del Decreto de Urgencia, emite las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo dispuesto en dicho artículo;

Que, en dicho marco, el 26 de marzo de 2021, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución Ministerial Nº 146-2021-MINEDU que modificó la Norma Técnica “Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento 2021” aprobada por la Resolución Ministerial Nº 05-2021-MINEDU, estableciendo disposiciones para el uso de los recursos autorizados mediante Decreto de Urgencia Nº 021-2021, para la instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de Mantenimiento 2021, con la finalidad de ampliar la cobertura de condiciones adecuadas de salubridad en infraestructura educativa;

Que, corresponde precisar que la definición de locales educativos beneficiarios y los criterios de asignación de recursos se establecen en la modificación del literal c) del numeral 6.1 y en la modificación del Anexo Nº 1 respectivamente de la Norma Técnica aprobada por la Resolución Ministerial Nº 05-2021-MINEDU y modificada por la Resolución Ministerial Nº 146-2021-MINEDU;

Que, de acuerdo al literal c) del numeral 6.1. Focalización de locales educativos beneficiarios del Programa de Mantenimiento 2021 de la Norma Técnica indicada, el listado de locales educativos beneficiarios del Programa de Mantenimiento de locales educativos fue aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 011-2021-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE, correspondiendo ser complementado con el listado de locales educativos beneficiarios para la instalación de estaciones de lavado de manos, el mismo que incluye los montos autorizados, el cual se aprobará también por Resolución Directoral Ejecutiva del PRONIED hasta el 15 de abril de 2021;

Que, la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED con Memorando Nº 000979-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM complementado con Proveído de fecha 29 de marzo de 2021, remite y hace suyo el Informe Nº 000103-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-UGM-MAP, mediante el cual sustenta y solicita la aprobación del listado de locales educativos beneficiarios para la instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de Mantenimiento 2021, que adjunta; así como precisa que el mismo ha sido elaborado bajo el alcance de la Norma Técnica “Disposiciones específicas para la ejecución del Programa de Mantenimiento 2021” aprobada con Resolución Ministerial Nº 05-2021-MINEDU, modificada por la Resolución Ministerial Nº 146-2021-MINEDU;

Que, mediante Informe Nº 000246-2021-MINEDU/VMGI-PRONIED-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica del PRONIED señala que la propuesta del “Listado de locales educativos beneficiarios para la instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de Mantenimiento 2021” ha sido elaborada de conformidad con el marco legal de la materia por lo que emite opinión legal favorable para su aprobación, a través de la emisión de la Resolución Directoral Ejecutiva para tal efecto;

Que, en el marco de lo previsto en el inciso b) del artículo 9 del Manual de Operaciones del PRONIED, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU y modificado por Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU, la Dirección Ejecutiva es competente para expedir la presente Resolución;

Con el visado de la Unidad Gerencial de Mantenimiento, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; el Decreto de Urgencia Nº 021-2021; el Decreto Supremo Nº 004-2014-MINEDU que crea el PRONIED; la Resolución Ministerial Nº 034-2016-MINEDU modificada por Resolución Ministerial Nº 341-2017-MINEDU que aprueba el Manual de Operaciones del PRONIED; la Resolución Ministerial Nº 557-2020-MINEDU y la Resolución Ministerial Nº 05-2021-MINEDU modificada por la Resolución Ministerial Nº 146-2021-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el “Listado de locales educativos beneficiarios para la instalación de estaciones de lavado de manos en el marco del Programa de Mantenimiento 2021”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa (www.pronied.gob.pe) el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

EDUARDO FRANCISCO PELÁEZ CRUZ

DEL CASTILLO

Director Ejecutivo

Programa Nacional de Infraestructura Educativa

PRONIED

1939720-1

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