Aprueban la implementación progresiva de la conversión de plazas eventuales de profesores de Educación Física a plazas orgánicas para el Año Fiscal 2024

Aprueban Disposiciones para la implementación progresiva de la conversión de plazas eventuales de profesores de Educación Física a plazas orgánicas para el Año Fiscal 2024, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30432

Resolución Viceministerial N° 135-2024-MINEDU

Lima, 20 de noviembre de 2024

VISTOS, el Expediente N° DEFID2024-INT-0850868, el Informe N° 00695-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 02246-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 01576-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal f) del artículo 21 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación (en adelante, Ley N° 28044), modificado por el artículo 6 de la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública; el Estado tiene, entre otras funciones, garantizar la obligatoriedad de la enseñanza de la educación física y de la práctica del deporte, incluyendo la recreación, dentro de los diversos estamentos de la educación básica del país, así como orientar y articular los aprendizajes generados dentro y fuera de las instituciones educativas con la finalidad de prevenir situaciones de riesgo de los estudiantes;

Que, de conformidad con el literal h) del artículo 80 de la Ley N° 28044, el Ministerio de Educación tiene entre sus funciones, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública (en adelante, Ley N° 30432), declara de necesidad pública y de preferente interés nacional la promoción de la educación física y la práctica del deporte en el país, con la finalidad de fomentar los niveles de salud adecuados en la población, disminuir la incidencia de enfermedades crónicas entre los niños adolescentes y jóvenes, así como combatir el sedentarismo y la obesidad;

Que, el artículo 7 de la Ley N° 30432 establece que, durante la implementación de la citada Ley, se desarrollará el proceso de conversión de plazas eventuales de profesores
de educación física a plazas orgánicas en las horas curriculares de educación física, considerando previamente la identificación explícita de los recursos financieros para el pago de las remuneraciones de los docentes de Educación Física, la misma que se inicia en el proceso de nombramiento para el año 2023;

Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley N° 30432, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2023-MINEDU (en adelante, Reglamento), dispone que: (i) la programación de recursos para el financiamiento de plazas de profesores de educación física se realiza en el marco de la normatividad presupuestaria vigente y la dotación de plazas se da de acuerdo a la disponibilidad presupuestal; y (ii) la conversión de plazas eventuales a plazas orgánicas se desarrolla de manera progresiva, en el marco de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y la Ley N° 30432; para lo cual la Dirección de Educación Física y Deporte en coordinación con los órganos y unidades orgánicas correspondientes del Ministerio de Educación emiten las normas complementarias que correspondan, considerando previamente la identificación explícita de los recursos financieros para el pago de los conceptos remunerativos de los docentes de Educación Física y las normas vigentes para tal caso;

Que, en atención a las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00695-2024-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, elaborado por la Dirección de Educación Física y Deporte, a través del cual propone y sustenta la necesidad de aprobar las Disposiciones para la implementación progresiva de la conversión de plazas eventuales de profesores de Educación Física a plazas orgánicas para el Año Fiscal 2024, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30432 y su Reglamento;

Que, mediante el Informe N° 02246-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emitió opinión favorable; señalando que la propuesta se encuentra alineada con los instrumentos de planificación estratégica e institucional del Sector Educación, y desde el punto de vista presupuestal, no genera impacto en la normatividad presupuestaria vigente ni demanda recursos adicionales en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación;

Que, a través del Informe N° 01576-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión legal favorable respecto de la propuesta;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública; el Reglamento de la Ley N° 30432, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2023-MINEDU y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar las Disposiciones para la implementación progresiva de la conversión de plazas eventuales de profesores de Educación Física a plazas orgánicas para el Año Fiscal 2024, en el marco de lo establecido en la Ley N° 30432, Ley que promueve y garantiza la práctica del deporte y la educación física en los diferentes niveles de la educación básica pública y el Reglamento de la Ley N° 30432, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2023-MINEDU, las mismas que, como anexo, forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

María Esther Cuadros Espinoza

Viceministra de Gestión Pedagógica

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