Aprueban la exclusión de diversas instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria del modelo JEC

Aprueban la exclusión de diversas instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa

Resolución Ministerial N° 575-2025-MINEDU

Lima, 23 de diciembre de 2025

VISTOS, los Expedientes N° 0733306-2025 y 0731772-2025, los Informes N° 01906-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES y N° 01907-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular; el Informe N° 01957-2025-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU, se crea el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de Educación Secundaria” (en adelante, MSE JEC), el mismo que fue modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 062-2015-MINEDU y N° 601-2015-MINEDU;

Que, con la Resolución Viceministerial N° 326-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de Educación Secundaria”, siendo modificada mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 161-2020-MINEDU, N° 165-2021-MINEDU y N° 340-2021-MINEDU;

Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 079-2023-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la inclusión o exclusión de instituciones educativas al/del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa”, cuyos numerales 5.5, 5.6 y 5.7 regulan las causales, las consideraciones y el procedimiento, respectivamente, para solicitar la exclusión del MSE JEC;

Que, el literal b) del subnumeral 6.1 del numeral 6 de la citada Norma Técnica establece que es responsabilidad del Ministerio de Educación emitir la resolución ministerial de inclusión o exclusión del MSE JEC y adoptar las acciones derivadas que correspondan, precisando que las gestiones para su emisión se realizan a través de la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, en coordinación con el órgano que resulte competente;

Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través del Informe N° 01906-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, concluye que, como resultado de la evaluación efectuada a la solicitud presentada por la Dirección Regional de Educación Ica para la exclusión del MSE JEC de la Institución Educativa “N° 22346 San Martín de Porras” y de la Institución Educativa “José Manuel Meza”, se acredita el cumplimiento de los plazos, las causales y el procedimiento para la exclusión del MSE JEC, conforme con lo establecido en la precitada norma técnica, por lo que propone y sustenta emitir la resolución ministerial que apruebe su exclusión del MSE JEC;

Que, así también, la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a través del Informe N° 01907-2025-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DES, concluye que, como resultado de la evaluación efectuada a la solicitud presentada por la Dirección Regional de Educación Madre de Dios para la exclusión del MSE JEC de la Institución Educativa “La Pastora” y de la Institución Educativa “Cap. FAP José Abelardo Quiñones”, se acredita el cumplimiento de los plazos, las causales y el procedimiento para la exclusión del MSE JEC, conforme con lo establecido en la precitada norma técnica, por lo que propone y sustenta emitir la resolución ministerial que apruebe su exclusión del MSE JEC;

Que, mediante el Informe N° 01957-2025-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;

De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la exclusión del modelo de servicio educativo Jornada Escolar Completa de las siguientes instituciones educativas:

CÓDIGO MODULAR

IE

CÓDIGO UBIGEO

DEPARTAMENTO

PROVINCIA

DISTRITO

CENTRO POBLADO

ÁREA GEOGRÁFICA*

DRE

UGEL

RESOLUCIÓN DE INCORPORACIÓN

1

0581017

N.° 22346 “San Martín de Porras”

110111

Ica

Ica

Santiago

Casa Blanca

Urbana

Ica

Ica

Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU

2

0275743

José Manuel Meza

110303

Ica

Nazca

El Ingenio

El Ingenio

Urbana

Ica

Nazca

Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU

3

1543917

La Pastora

170101

Madre de Dios

Tambopata

Tambopata

La Pastora

Urbana

Madre de Dios

Tambopata

Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU

4

0935692

Cap. FAP “José Abelardo Quiñones”

170101

Madre de Dios

Tambopata

Tambopata

La Joya

Urbana

Madre de Dios

Tambopata

Resolución Ministerial N° 451-2014-MINEDU

* El área geográfica es determinada según el Padrón de Servicios Educativos del ESCALE

Artículo 2.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente a la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular, a las Direcciones Regionales de Educación y a las Unidades de Gestión Educativa Local indicadas en el cuadro contenido en el artículo 1 de la presente resolución.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE EDUARDO FIGUEROA GUZMÁN

Ministro de Educación

2471796-1

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