𝗖𝗢𝗠𝗨𝗡𝗜𝗖𝗔𝗗𝗢 𝗜𝗡𝗦𝗧𝗜𝗧𝗨𝗖𝗜𝗢𝗡𝗔𝗟
𝗗𝗥𝗘𝗟𝗣 𝗗𝗜𝗦𝗣𝗢𝗡𝗘 𝗟𝗔 𝗦𝗨𝗦𝗣𝗘𝗡𝗦𝗜𝗢́𝗡 𝗗𝗘 𝗩𝗜𝗔𝗝𝗘𝗦 𝗬 𝗘𝗫𝗖𝗨𝗥𝗦𝗜𝗢𝗡𝗘𝗦 𝗘𝗦𝗖𝗢𝗟𝗔𝗥𝗘𝗦 𝗔𝗡𝗧𝗘 𝗘𝗟 𝗙𝗘𝗡𝗢́𝗠𝗘𝗡𝗢 𝗘𝗟 𝗡𝗜𝗡̃𝗢 𝟮𝟬𝟮𝟲-𝟮𝟬𝟮𝟳
ASUNTO: SUSPENSIÓN DE VIAJES DE PROMOCIÓN Y EXCURSIONES ESCOLARES PARA SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD DE ESTUDIANTES Y DOCENTES
REF.:
-
Directiva Regional N° 00023-GRL/DRELP-DGP/2026.
-
Decreto Supremo N° 124-2026-PCM.
-
Resolución Ministerial N° 501-2025-MINEDU.
-
Resolución Viceministerial N° 271-2019-MINEDU.
Me dirijo a ustedes para expresarles mi cordial saludo y comunicarles que, en cumplimiento de la Directiva Regional N° 00023-GRL/DRELP-DGP/2026, aprobada mediante Resolución Directoral Regional N° 001597-2026-DRELP, se dispone la suspensión de todos los viajes de promoción y excursiones escolares en las instituciones educativas públicas y privadas del ámbito de la Dirección Regional de Educación de Lima Provincias, a partir de la notificación del presente oficio.
Esta medida es de carácter preventivo y tiene como finalidad proteger la vida, la salud y la integridad de los estudiantes, docentes y demás participantes de estas actividades, ante los riesgos que podrían presentarse por las lluvias intensas y los efectos del Fenómeno El Niño 2026-2027.
En ese sentido, se solicita a las UGEL, en el marco de sus competencias, adoptar las siguientes acciones:
-
Comunicar de manera inmediata esta disposición a todas las instituciones educativas públicas y privadas de su jurisdicción, a fin de asegurar su cumplimiento.
-
Disponer la suspensión de los viajes de promoción y excursiones escolares, incluidos aquellos que hayan sido programados o autorizados con anterioridad. Los directores deberán informar oportunamente esta decisión a las familias y demás personas involucradas en su organización.
-
Orientar a los directores, docentes asesores y tutores para que se abstengan de organizar, promover o realizar actividades comprendidas en esta suspensión, priorizando en todo momento la seguridad y el bienestar de los estudiantes.
-
Realizar el seguimiento correspondiente para verificar el cumplimiento de la medida e informar a esta Dirección Regional sobre cualquier incumplimiento detectado, a fin de adoptar las acciones que correspondan conforme a la normativa vigente
Asimismo, se precisa que el cumplimiento de esta disposición es responsabilidad funcional y administrativa de los directores de las instituciones educativas, así como de los docentes asesores y tutores, de acuerdo con las funciones que desempeñan y su participación en la organización o realización de estas actividades, sin perjuicio de las demás responsabilidades que pudieran determinarse conforme a ley.
Por lo expuesto, se solicita adoptar las medidas necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto, teniendo como prioridad la protección de nuestros estudiantes y docentes.
Sin otro particular, hago propicia la ocasión para expresarles las muestras de mi especial consideración y estima.
Atentamente,
(Firma y Sello)
Lic. WILBERT DAVID GUTIERREZ ESCARATE
Director del Programa Sectorial IV

