El Ministerio de Educación, mediante el Decreto Supremo N.° 02-2025-MINEDU, ha aprobado disposiciones específicas para regular la renovación de contratos docentes en instituciones educativas de Educación Básica y Técnico-Productiva. Estas normas detallan los criterios, requisitos y procedimientos que deberán cumplir los maestros contratados para continuar en sus plazas el año 2026.
Actualmente diversas UGEL estan publicano que no existe la base legal para la renovación de contrato docente 2026 por lo que se tiene que esperar las disposiciones que el Minedu estaría sacando durante estos dias.
A continuación compartimos 1 de los diversos comunicados de las diversas UGEL a nivel nacional que estan publicando en sus páginas institucionales

Evaluación del desempeño como requisito indispensable
El artículo 14 del DS, señala que el profesor contratado en EBR, EBE y EBA deberá ser evaluado en su desempeño laboral en las fechas establecidas en el cronograma regional.
Si el docente decide no renovar, podrá presentar su desistimiento antes del inicio de la evaluación, utilizando el Anexo 18 de la norma.
- En el caso de docentes con discapacidad acreditada, la UGEL deberá informar al comité de evaluación para que se realicen los ajustes necesarios en el método de evaluación.
- Aquellos que no obtengan una evaluación favorable no podrán continuar en la misma plaza que ocuparon en el periodo de evaluación.
Condiciones mínimas para la renovación de contrato
El artículo 15 establece que la renovación se realiza anualmente y será válida únicamente para los profesores que cumplan con todas las condiciones siguientes:
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Contar con título de profesor o licenciado en educación en la especialidad correspondiente.
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Haber sido contratado en la modalidad y nivel educativo que corresponda.
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Obtener una evaluación favorable de desempeño laboral.
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Mantener un vínculo laboral consecutivo mínimo de tres meses en el mismo código de plaza.
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Que la plaza vacante se encuentre disponible y no figure como excedente en la IE o CETPRO de origen.
Aspectos clave de la evaluación
De acuerdo al artículo 17, el comité evaluará el desempeño docente con base en factores señalados en los anexos de la norma, considerando evidencias como:
Informes mensuales entregados al director.
- Documentos físicos o virtuales de actividades pedagógicas.
- Resultados que reflejen un puntaje final igual o mayor a 2,50 puntos para ser considerados favorables.
- Además, los docentes tendrán derecho a presentar reclamos en caso de disconformidad con su calificación.
Publicación y resolución final de contratos
Finalmente, el artículo 18 dispone que:
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El área de personal verificará que los docentes cumplan con todas las condiciones antes de publicar la lista de renovaciones.
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La UGEL será responsable de emitir la resolución que aprueba los contratos renovados.
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También deberá reportar las plazas no renovadas para que sean publicadas y puestas a disposición en las siguientes etapas de contratación.

