La Encargatura es un proceso de selección temporal, sin exceder el año lectivo (hasta el 31 de diciembre), que permite a los docentes nombrados desempeñar cargos de mayor responsabilidad, basado en el principio de la meritocracia.
1. Cargos disponibles
Los cargos se dividen en dos categorías principales:
- Cargos con 40 horas cronológicas:
- Director de Gestión Pedagógica de DRE.
- Jefe de Gestión Pedagógica de UGEL.
- Especialista en Educación de DRE/UGEL.
- Director y Subdirector de Institución Educativa (IE).
- Cargos con 40 horas pedagógicas:
- Jefe de Taller o Laboratorio en EBR Secundaria.
- Coordinador Pedagógico o de Tutoría y Orientación Educativa en EBR Secundaria.
- Coordinador académico en ETP.

2. Etapas del Proceso
El proceso se divide en tres etapas de postulación (la etapa de ratificación no se implementa en esta convocatoria ):
3. Requisitos Generales
Todo postulante debe cumplir con:
- Contar con título de profesor o licenciado en Educación o segunda especialidad en Educación.
- Acreditar ser peruano de nacimiento si la plaza está en una IE pública de EB o ETP ubicada en zona de frontera.
Los requisitos específicos varían según el cargo y la escala magisterial mínima requerida (desde la tercera hasta la octava escala).
4. Criterios de Calificación (Máximo 80 puntos para directivos y jerárquicos)
La calificación de expedientes considera cuatro grandes criterios:
5. Cronograma (Etapa Regular)
El cronograma para la Etapa Regular es el siguiente:
- Publicación final de plazas: 9 de octubre.
- Presentación y recepción de postulaciones: Del 10 al 16 de octubre.
- Publicación preliminar de cuadro de mérito: 30 de octubre.
- Publicación final de cuadro de mérito: 5 de noviembre.
- Adjudicación (Fase 1 y 2): 6 y 7, y 10 y 11 de noviembre.
- Emisión de resolución: 13 y 14 de noviembre.
La vigencia de la encargatura para cargos de especialista y directivos de IE inicia el 1 de enero de 2026, mientras que para cargos jerárquicos inicia el 1 de marzo de 2026.
Nota sobre postulaciones: Un profesor puede presentar hasta dos postulaciones por etapa para el mismo o diferente cargo. Si un postulante es adjudicado en alguna etapa, no podrá ser adjudicado nuevamente (la segunda adjudicación será nula)

