Disponen actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 130-2024-MINEDU
Lima, 8 de noviembre de 2024
VISTOS, el Expediente N° DEIB2024-INT-0764316, los Informes N° 0226-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y N° 00233-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y el Informe Técnico Legal N° 00007-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, el Informe N° 02104-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 01505-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, se crea el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe (en adelante, RNIIEE-EIB) y se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”;
Que, a través de la Resolución Viceministerial N° 158-2022-MINEDU, se dispuso la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”;
Que, con la Resolución Ministerial N° 514-2024-MINEDU se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la caracterización, identificación y registro de instituciones y programas educativos en el Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe” (en adelante, Norma Técnica); y se deroga el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio Intercultural Bilingüe”;
Que, conforme con lo dispuesto en el sub numeral 5.4.1 del numeral 5 de la Norma Técnica, el RNIIEEE-EIB es un padrón que identifica a las Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica Regular, los Centros de Educación Técnico-Productiva, los Programas de Intervención Temprana y a los Programas No Escolarizados de Educación Inicial que ofrecen el servicio educativo intercultural bilingüe; y se elabora a partir de la aplicación de los criterios de identificación y los resultados de la caracterización de las instituciones y programas educativos; asimismo, el subnumeral 5.4.2 del numeral 5 de la Norma Técnica establece que el RNIIEE-EIB está cargo del Ministerio de Educación, a través de la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe (en adelante, DEIB) y se actualiza mediante el proceso de caracterización, según cronograma elaborado por la DEIB previa comunicación a los actores involucrados;
Que, el numeral 7.6. de la Norma Técnica dispone que para el proceso de actualización del Padrón 2024 del RNIIEE-EIB, así como los procesos de caracterización iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente Norma Técnica se rigen, hasta su culminación, por la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el Registro de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”, aprobada por la Resolución Ministerial N° 646-2018-MINEDU;
Que, en atención a las disposiciones legales señaladas, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, los Informes N° 0226-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y N° 00233-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB y el Informe Técnico Legal N° 00007-2024-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA-DEIB, elaborados por la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe, a través de los cuales se propone y sustenta la necesidad de (i) disponer la actualización del RNIIEE-EIB en el marco del proceso de caracterización excepcional correspondiente al año 2023 (en adelante, propuesta); y (ii) derogar la Resolución Viceministerial N° 158-2022-MINEDU;
Que, mediante el Informe N° 02104-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión favorable a la propuesta; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación; y desde el punto de vista presupuestal, no irrogará gastos adicionales en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación, correspondiente al Año Fiscal 2024, siendo que el financiamiento de su implementación estará sujeta a los créditos presupuestarios asignados para tal fin a la Dirección de Educación Intercultural Bilingüe en el Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación; y, para los años siguientes la referida Dirección deberá gestionar la asignación de los recursos presupuestarios que fueran necesarios en el marco de los procesos de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria, del año fiscal respectivo, y de acuerdo con las disposiciones contempladas en las Leyes Anuales de Presupuesto del año correspondiente;
Que, a través del Informe N° 01505-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta;
De conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2012-ED, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”, de acuerdo con la información contenida en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial N° 158-2022-MINEDU, que dispone la actualización del “Registro Nacional de Instituciones Educativas que brindan el Servicio de Educación Intercultural Bilingüe”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (https://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CECILIA DEL PILAR GARCÍA DÍAZ
Viceministra de Gestión Pedagógica (e)