Minedu: Cuadro de distribución de horas pedagógicas 2025 ¡Atención docente nombrado!

Es un instrumento técnico que permite determinar las horas efectivas de clases, el empleo de las horas de libre disponibilidad y la carga horaria.

EL Cuadro de Horas Pedagógicas garantiza que los estudiantes cuenten con un docente del área curricular o campo de conocimiento que se requiere, a fin de lograr los aprendizajes esperados.

Resolución Viceministerial N.° 148-2023-MINEDURegula los procedimientos para elaborar y aprobar el cuadro de distribución de horas pedagógicas asignando horas de determinada área curricular a las plazas de director, plazas jerárquicas, plazas de profesor y la bolsa de horas.

Criterios y precisiones

El Profesor que ostenta más de un título pedagógico o cuenta con título de segunda especialidad en área curricular distinta a la que viene dictando, puede solicitar el cambio de las horas pedagógicas a otra área curricular/campo de conocimiento (numeral 5.3.10).

Todos los profesores nombrados en IIEE JEC, así asuman el siguiente año función de coordinador pedagógico o de tutoría, para efectos de la elaboración del cuadro de horas es considerado como profesor en su área curricular correspondiente con su jornada de trabajo como docente (numeral 6.3.1 literal b).

Las 12 horas liberadas por la encargatura de funciones de coordinación pedagógica o tutoría, serán registradas en el Sistema Nexus como plaza espejo (numeral 6.3.1 literal c).

Para la encargatura de funciones de coordinador pedagógico o de tutoría, se sugiere, que en la distribución horaria se considere a profesores con asignación de 24 horas pedagógicas (numeral 6.3.1 literal d).

Las IIEE Secundaria con Formación Técnica, podrán hacer el desdoblamiento de estudiantes en aula, en tanto cuenten con el presupuesto, dentro del techo de bolsa asignados en el Sistema Nexus (numeral 6.3.2 literal b).

Reajuste

Se podrá corregir/actualizar la distribución de las horas del plan de estudios de una institución educativa, en el sistema Nexus o el que haga sus veces, en estos casos:

• Por error en el registro de la carga de cuadro de distribución de horas.

• Por reordenamiento/redistribución de las bolsas de horas entre IIEE.

• Por retorno del titular, y la plaza cuente con un área curricular distinta a la que le corresponde

• Por reasignación, y la plaza cuente con un área curricular distinta a la que le corresponde.

• Por restitución en el cargo a través medida cautelar.

Solo se podrá realizar, una vez aprobado el cuadro de distribución de horas pedagógicas mediante resolución directoral por la UGEL.

Ampliación

Se podrá incrementar horas al plan de estudios en el caso de incremento de metas de atención.

Cuando la IE, posterior a la aprobación del cuadro de distribución de horas, se le asignan nuevas plazas o bolsa de horas a consecuencia del incremento de secciones y reordenamiento/redistribución, de acuerdo a la cantidad de horas adicionales resultantes por área curricular al plan de estudios aprobados de una IE, en función a la cantidad de secciones incrementadas.

Una vez aprobado el cuadro de distribución de horas pedagógicas mediante resolución directoral por la UGEL, solo se podrá realizar.

 

 

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