Lima, 14 de octubre de 2024
OFICIO MÚLTIPLE N.º 00112-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD
Señores (as):
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDADES DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL
COLEGIOS MILITARES
Presente. –
Asunto: Se comunica Resolución de Secretaría General N° 191-2024-MINEDU, que declara improcedente la comunicación de huelga presentada por el SUTEP
Referencias:
a) Resolución De Secretaría General N° 191-2024-MINEDU
b) Oficio Múltiple N° 00062-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD
De mi consideración:
Es grato dirigirme a ustedes, para expresarles un cordial saludo, y a la vez comunicarles que mediante Resolución de Secretaría General N° 191-2024-
MINEDU, de fecha 11 de octubre 2024, el Ministerio de Educación, resolvió declarar IMPROCEDENTE la comunicación del inicio de la huelga nacional escalonada, presentada por el Sindicato Unitario de los Trabajadores en la Educación del Perú – SUTEP, a partir del 16 de octubre de 2024.
En ese sentido, la citada resolución se deriva a sus despachos para conocimiento y acciones en el marco de sus competencias, precisándoles que, en caso se concrete algún paro o huelga que afecte el normal desarrollo de las actividades escolares, puedan implementar lo establecido en el documento de la referencia b).
Hago propicia la oportunidad para expresarles los sentimientos de mi especial consideración.
Atentamente,
(firmado digitalmente por)
ELOY ALFREDO CANTORAL LICLA
Director General
Dirección General de Desarrollo Docente
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar improcedente la comunicación del inicio de la huelga nacional escalonada a partir del 16 de octubre de 2024, presentada por el Sindicato Unitario de los Trabajadores en la Educación del Perú – SUTEP, en atención a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer que se proceda al descuento de la remuneración por día no laborado, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 28988, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-ED, en caso que los docentes y auxiliares de educación paralicen sus labores.
Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al Sindicato Unitario de los Trabajadores en la Educación del Perú – SUTEP, conforme a Ley.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu).
Regístrese y comuníquese.
(Firmado digitalmente)
Doris Lorena Gavilano Iglesias
Secretaria General
Ministerio de Educación