Se realiza una publicación de ganadores al finalizar la actividad detallada en el numeral 5.6.11 del presente documento normativo, culminada dicha actividad y conforme a los plazos establecidos en el cronograma, se publica la relación de postulantes que aceptaron la adjudicación de una plaza detallada en el numeral 5,6,12.
Requisitos que deben presentar ante mesa de partes de la UGEL de ser ganadores de Nombramiento Docente 2022
Ambos resultados son publicados por el Minedu, dentro del plazo establecido en el cronograma.
Los postulantes que resulten ganadores como consecuencia de las actividades detalladas en los numerales 5,6,11 y 5,6,12, deben presentar ante mesa de partes (fisico o virtual) de la UGEL o DRE, según corresponda, dentro del plazo establecido en el cronograma, el original y/o copia certificada y/o legalizada de:
-Los documentos que acrediten los requisitos generales previstos en los numerales 5,3,2,1,1 y 5,3,2,1,2 del presente documento normativo.
-La constancia simple y/o certificado de estudios de su institución de formación docente que acredite la mención/especialidad/formación que no se encuentra explícita en su título previsto en las consideraciones establecidas en el numeral 5,3,2,1,1 del presente documento normativo.
-Los documentos presentados para acreditar los requisitos específicos señalados en el numeral 5,3,2,2 del presente documento normativo.
-Los documentos presentados para acreditar los requisitos específicos señalados en el numeral 5,3,2,2 del presente doumento normativo.
–Certificado y/o constancia de salud física y mental, emitido por una institución prestadora de servicios de salud pública, privada o mixta.
-En el caso de los requisitos previstos en los numerales 5,3,2,1,4 y 5,3,1,5, se presentan los certificados de antecedenttes penales y judiciales vigentes que asevera que no ha sido condenado por los delitos señalados en dichos numerales.
–Los documentos presentados para acreditar su trayectoria profesional
-Los documentos presentados para recibir las bonificaciones de ley, de ser el caso.
-Los requisitos y criterios de la trayectoria profesional acreditados por el postulante ganador mediante la declaración jurada presentada en la etapa descentralizada, deben ser verificados por la UGEL o DRE, según corresponda, bajo responsabilidad, la misma que tiene la potestad de realizar la fiscalización posterior de cualquier documentación presentada, sea esta original o copia.
En la página 30 del presente documento normativo se encuentra que a continuación compartimos:


Aún no sale en el aplicativo el procedimiento para seleccionar plazas, y ya estamos 23, no hay transparencia en el proceso, si el Minedu no sube el procedimiento para seleccionar plazas ¿cómo puede usted hablar acerca de los ganadores?, hasta hora no se puede seleccionar plaza y el plazo ha Sido hasta el 5 que piensa el MINEDU que recién el día 05 va a publicar la dicha de selección de plaza?
– Ahora, el trámite de la constancia lo deben realizar solamente aquellos docentes cuyo título profesional no especifica la especialidad en mención a la que se desempeña, pero en caso de docentes en los que en su título si va especificada la especialidad por ejemplo: «Educación Artística » – Música, no es necesario que presenten lo indica la norma ustedes en su págian deben leer apropiadamente estos numerale su explicar detalladamente para no hacer caer en un error colectivo.
– El certificado de antecedentes penales lo deben presentar aquellas personas que no han sido condenadas pero si han tenido una denuncia pendiente, es decir no es para todo en general que se debe tramitar.