Minedu: Reaperturan el aplicativo para ingresar trayectoria profesional mediante RVM Nº 117-2023-MINEDU ¡LO ÚLTIMO!

MINEDU incorporó la «Fase Extraordinaria de la Etapa Descentralizada»

Esta incorporación no afecta al cronograma regular. La fase extraordinaria se llevará paralelo a la fase regular con la diferencia de que los postulantes que se van encontrar en esta fase competirán por las plazas que quedaron vacantes o desiertas luego de haber finalizado la fase regular.
A esta fase solo podrán acceder postulantes que superaron la PUN y que no pudieron registrar el Formulario de Trayectoria Profesional y también postulantes que no lograron ganar una plaza en la fase regular.
Esta fase no comprende la posibilidad de realizar alguna modificación o subsanación a dicho formulario por parte de los postulantes que ya realizaron el referido registro en la Etapa Descentralizada de la fase regular. (Solamente podrán acceder postulantes que no registraron absolutamente nada)

Resolución Viceministerial Nº 117-2023-MINEDU

INCORPORACIÓN DE LOS NUMERALES 5.6.16, 5.7.15 y 5.7.16 AL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “DISPOSICIONES QUE REGULAN EL CONCURSO PÚBLICO DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL – 2022 Y QUE DETERMINA LOS CUADROS DE MÉRITO PARA LA CONTRATACIÓN DOCENTE 2023-2024 EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA”, APROBADO MEDIANTE RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 081-2022-MINEDU Y MODIFICADO MEDIANTE LAS RESOLUCIONES VICEMINISTERIALES N° 006-2023-MINEDU, N° 015- 2023-MINEDU, N° 0028-2023-MINEDU Y N° 092-2023-MINEDU

5.6 Disposiciones Específicas (…) 5.6.16 Fase Extraordinaria de la Etapa Descentralizada 5.6.16.1

Los postulantes que participan en la Fase Extraordinaria del concurso son aquellos que no lograron registrar el Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional, en el plazo previsto para dicha actividad. El registro del mencionado formulario se realiza en el plazo establecido en la Fase Extraordinaria del cronograma del concurso. Esta fase no comprende la posibilidad de realizar alguna modificación o subsanación a dicho formulario por parte de los postulantes que realizaron el referido registro en la Etapa Descentralizada.

Se encuentran comprendidos dentro de la Fase Extraordinaria los postulantes a quienes:

a) El Comité de Evaluación les haya aplicado los instrumentos de evaluación: Rúbricas de observación de la facilitación de actividades de aprendizaje y la Entrevista.

b) El Comité de Evaluación les haya aplicado al menos uno o ninguno de los instrumentos de evaluación: Rúbricas de observación de la facilitación de actividades de aprendizaje y/o la Entrevista.

5.6.16.2 Para todos los supuestos establecidos en el numeral 5.6.16.1, el Comité de Evaluación, que le ha sido asignado en la publicación de postulantes por UGEL o DRE y locales de evaluación prevista en el numeral 5.6.8 del presente documento normativo, deberá realizar los procedimientos previstos en los numerales 5.6.9.2, 5.6.9.3 y 5.6.9.5 del mencionado documento, considerando los plazos establecidos para la Fase Extraordinaria.

5.6.16.3 En caso de que el Comité de Evaluación haya aplicado los instrumentos de evaluación: Rúbricas de observación de la facilitación de actividades de aprendizaje y/o la Entrevista en la Etapa Descentralizada del concurso, los resultados son considerados para la Fase Extraordinaria, por lo que no será posible volver aplicar dichos instrumentos o alguno de ellos. Para aquellos casos en los que el Comité de Evaluación no haya aplicado alguno o ninguno de los mencionados instrumentos de evaluación, estos se podrán aplicar siempre que se cuente con la debida justificación, siendo facultad del Comité, decidir de forma motivada, si aplica o no los instrumentos correspondientes.

5.6.16.4 Los postulantes que se encuentran en algunos de los supuestos del numeral 5.6.16.1 del documento normativo, que superaron los puntajes mínimos establecidos en la Etapa Nacional y la Fase Extraordinaria realizan la selección extraordinaria de II.EE. de su interés para ser nombrados, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el numeral 5.6.10 del documento normativo y los plazos establecidos en la Fase Extraordinaria.

5.6.16.5 El Minedu procede a determinar los ganadores del concurso de la Fase Extraordinaria, de acuerdo a las actividades establecidas en el numeral 5.6.11 del documento normativo y los plazos establecidos en la Fase Extraordinaria.

5.6.16.6 La publicación de ganadores y emisión de resoluciones de nombramiento en la Fase Extraordinaria del presente concurso se realizará de acuerdo a los procedimientos establecidos en los numerales 5.6.13 y 5.6.14 del documento normativo y los plazos previstos de la Fase Extraordinaria.

5.6.16.7 Las plazas a ofertarse en esta Fase Extraordinaria son aquellas que fueron declaradas vacantes luego de la publicación de ganadores del concurso y son publicadas en el portal institucional del Minedu.

5.7 Disposiciones complementarias (…) 5.7.15 Excepcionalmente, los postulantes que no hayan realizado el registro del “Formulario de Cumplimiento de Requisitos y Valoración de la Trayectoria Profesional” a través del aplicativo disponible en el portal institucional del Minedu en el plazo previsto para dicha actividad lo pueden realizar en la Fase Extraordinaria prevista en el cronograma del concurso, de no realizar el registro correspondiente son retirados del mismo.

5.7.16 En caso, los postulantes hayan superado los puntajes mínimos establecidos para la Etapa Nacional y la Etapa Descentralizada del concurso, pero no hayan resultado ganadores de una plaza, pueden participar en la selección extraordinaria de II.EE. de su interés para ser nombrados, prevista en la Fase Extraordinaria del presente concurso.

Para ver el nuevo cronograma revisar los anexos que a continuación se comparten

Descargue AQUÍ anexos de la Resolución Viceministerial Nº 117-2023-MINEDU

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